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Exención por reinversión vivienda habitual: qué es y requisitos

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Última actualización: 8 de abril de 2024
Isbelt Martín
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En pocas palabras

La reinversión de vivienda habitual te proporciona la oportunidad de beneficiarte de una exención en la declaración de la Renta al realizar la venta de tu vivienda habitual y reinvertir esos ingresos en otra vivienda habitual. Para ello, es necesario que compres la nueva vivienda en un plazo máximo de dos años desde la venta de la vivienda habitual, y que en otro plazo de doce meses desde la compra se convierta en tu vivienda habitual, entre otros requisitos.

Exención por reinversión en vivienda habitual

Al vender la vivienda habitual se deben declarar las ganancias obtenidas en la declaración de la Renta, a menos que ese importe sea reinvertido en la adquisición de otra vivienda habitual, en cuyo caso se puede aplicar una exención para no tributar por las ganancias patrimoniales de la venta de la vivienda.

De esta forma, el dueño y comprador de las viviendas habituales no tendría que pagar los impuestos obtenidos de su ganancia. En otras palabras, si un importe que ha sido obtenido mediante la venta de una vivienda habitual es reinvertido para adquirir otra vivienda, dicha ganancia podrá estar exenta. Por otra parte, existe otra exención de tributación para los mayores de 65 años que venden su vivienda habitual (sin necesidad de reinvertir ese dinero), si este fuera tu caso te recomendamos entrar en el enlace anterior.

Condiciones y requisitos para aplicarse la exención por reinversión en vivienda habitual

Los requisitos para acogerte a la exención son los siguientes (1) :

  • Ten en cuenta que no es una exención que se aplique de forma automática sino que deberás manifestar tu voluntad de acogerte a la misma.
  • Para que Hacienda considere que la vivienda que vendes era tu vivienda habitual tienes que haber residido en ella como mínimo los tres años anteriores a la venta, aunque existen excepciones (cambio de trabajo que implique la necesidad de cambiar de vivienda, matrimonio, divorcio...) (2) .
  • El Tribunal Supremo ha realizado en 2021 un leve cambio en la normativa de la reinversión en vivienda habitual (3) . Hasta ahora, la norma establecía que la reinversión de una cantidad obtenida debería llevarse a cabo en un periodo máximo de dos años. Ahora, el Tribunal mantiene dicho plazo no superior a dos años, pero establece que, si la habitabilidad de la nueva vivienda no se produjese en ese periodo debido a que la construcción de la vivienda no estuviese finalizada, la deducción seguiría siendo válida.
  • La casa que compras debe convertirse en tu vivienda habitual en un plazo máximo de 12 meses desde su adquisición (o desde la finalización de las obras, si se tratara de un edificio nuevo). Solo así podrás beneficiarte de la exención por reinversión en vivienda habitual.
  • En el supuesto de que el importe de la venta supere al importe de compra de la nueva vivienda habitual, sí que habrá que tributar por el excedente sobre el importe de la compra.

¿Qué pasa si incumplo las condiciones de la exención por reinversión en vivienda habitual?

Incumplir una o varias condiciones para aplicarse la exención conllevaría la tributación de la ganancia patrimonial aplicable, además de intereses de demora de Hacienda. La Agencia Tributaria, en concreto, dice lo siguiente (4) :

"El incumplimiento de cualquiera de las condiciones determinará el sometimiento a gravamen de la parte de la ganancia patrimonial correspondiente.En tal caso, el contribuyente imputará la parte de la ganancia patrimonial no exenta al año de su obtención, practicando declaración-liquidación complementaria, con inclusión de los intereses de demora, y se presentará en el plazo que medie entre la fecha en que se produzca el incumplimiento y la finalización del plazo reglamentario de declaración correspondiente al período impositivo en que se produzca dicho incumplimiento."


Ejemplo de reinversión en vivienda habitual

Usted, que tiene 56 años, vende en 2019 su vivienda por un importe de 96.000€. Esta vivienda fue adquirida por usted en los años 90 por un importe de 60.000€, incluyendo tributos y gastos. La compra de esta vivienda se realizó mediante una hipoteca, de la que aún le quedan por pagar 5.000€.

Cuando lleva a cabo la venta de su vivienda, usted destina 5.000€ del importe obtenido a pagar el saldo pendiente de la hipoteca. En ese mismo año, realiza la compra de otra vivienda habitual por un precio de 90.000€, de forma que invierte el importe restante que obtuvo por la venta anterior. Por tanto:

  • Valor de transmisión: 96.000€
  • Valor de adquisición: 60.000€
  • Ganancia patrimonial: (96.000 - 60.000) = 36.000€

Por tanto, la ganancia patrimonial que quedaría exenta por la reinversión serían 36.000€, siempre y cuando se destinen a la compra de la nueva vivienda (que tiene que ser residencia habitual).


Preguntas frecuentes sobre reinversión en vivienda habitual

¿Qué pasa con la exención por reinversión en vivienda habitual tras divorcio?

Si, por sentencia judicial, el contribuyente dejara de tener su vivienda como habitual, la exención por reinversión en vivienda habitual no se podría aplicar. Esto sucede en varios casos de divorcios en los que uno de los cónyuges permanece en la vivienda habitual mientras que el otro debe abandonar el domicilio, pero continuarán pagando a medias la hipoteca. Si te encuentras en una situación similar, quizás te interese consultar las distintas opciones sobre qué hacer con la hipoteca tras divorcio. En una suposición en la que, pasado un tiempo, se decide vender la casa, el cónyuge que debió abandonar la vivienda no podrá disfrutar de la exención, ya que en el momento de la venta la vivienda no podía considerarse como su vivienda habitual. Si este fuera tu caso, lo recomendable es que estés atento a posibles sentencias del Supremo que puedan llevar la contraria a Hacienda y consultar con un experto fiscal.

¿Puedo aplicarme la exención por reinversión en vivienda habitual con hipoteca?

En caso de que la nueva vivienda habitual se obtenga a través de una hipoteca, también se podrá realizar la exención, ya que se está adquiriendo una nueva vivienda habitual.

¿En qué casilla de la Renta se aplica la exención por reinversión de la vivienda habitual?

La exención por reinversión de la vivienda habitual hay que aplicarla en la casilla 1824 de la declaración de la Renta, pinchando en el lápiz para poder introducir los importes. Esta casilla podrás encontrarla entrando en renta WEB > Apartados declaración > Datos Económicos > Ganancias y pérdidas patrimoniales (Ventas de bienes, subvenciones, premios, etc) > Inmuebles. Si tienes dudas para hacer la Renta, puedes valorar contratar a una asesoría online colaboradora social con la Agencia Tributaria, como TaxScouts o Taxdown.

Fuentes del artículo
  1. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Agencia Tributaria: Información - Transmisión de la vivienda habitual con reinversión. Consultado en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/que-ocurre-cuando-vendo-inmueble/transmision-vivienda-habitual-reinversion.html
  2. Agencia Tributaria. Concepto de vivienda habitual. Consultado en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deduccion-inversion-vivienda-habitual/concepto-vivienda-habitual.html
  3. Poder Judicial España. El Tribunal Supremo fija que la reinversión en una vivienda habitual en fase de construcción dentro del plazo de dos años otorga derecho a la exención en el IRPF. Consultado en https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-fija-que-la-reinversion-en-una-vivienda-habitual-en-fase-de-construccion-dentro-del-plazo-de-dos-anos-otorga-derecho-a-la-exencion-en-el-IRPF
  4. Agencia Tributaria. Manual de ayuda a la presentación del IRPF - Exención por reinversión en vivienda habitual. https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2023/7-cumplimentacion-irpf/7_6-ganancias-perdidas-patrimoniales/7_6_5_ganancias-excluidas-gravamen-supuestos-reinversion/7_6_5_1_exencion-reinversion-vivienda-habitual.html
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

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Editado y revisado por Nadia Pérez