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Intereses de demora Hacienda: ¿qué son y cómo calcularlos?

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Última actualización: 20 de marzo de 2024
Andrés Moncada
3.269 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

Los intereses de demora de Hacienda son un cargo adicional que se aplica si una deuda no se paga a tiempo. En el caso de impuestos y declaraciones fiscales, la Agencia Tributaria impondrá un recargo diario desde la fecha límite. Esto es bidireccional, por lo que si Hacienda no te paga puedes ser tú quien reclame los intereses de demora a la AEAT.

¿Qué son los intereses de demora de la Agencia Tributaria?

De acuerdo con el artículo 26 de la Ley General Tributaria (1) , “el interés de demora es una prestación accesoria que se exigirá a los obligados tributarios y a los sujetos infractores como consecuencia de la realización de un pago fuera de plazo o de la presentación de una autoliquidación o declaración de la que resulte una cantidad a ingresar una vez finalizado el plazo establecido al efecto en la normativa tributaria, del cobro de una devolución improcedente o en el resto de casos previstos en la normativa tributaria”.

Es decir, el interés de demora de Hacienda es el recargo aplicado por el cambio del valor del dinero con el paso del tiempo. En la actualidad, y como todavía no se han aprobado los Presupuestos Generales del Estado para 2024, se han prorrogado automáticamente los de 2023 (2) . Por tanto, el interés de demora se mantiene, hasta nueva orden, en el 4,0625%.


¿Cómo calcular los intereses de demora con Hacienda?

Si debes un importe y no lo liquidas el día de pago voluntario, se empieza a contar a partir del día siguiente para el cálculo de los intereses de demora. Aunque se escuche complicado, en realidad calcular los intereses de impago de cualquier obligación es muy sencillo.

Para ello, utilizaremos la siguiente fórmula para calcular los intereses de demora:

Interés de demora = (cantidad adeudada) x (días de retraso en el pago / 365) x (tipo de interés de demora).

Veamos un ejemplo

Supongamos que contratas un préstamo personal cuya cuota mensual equivale a 600€, te retrasas 30 días en el pago y no se tiene interés de demora estipulado. El resultado de los intereses de demora quedaría de la siguiente manera:

Interés moratorio = 600 x (30/365) x 0,040625 = 2€

A la inversa, el cálculo de interés de demora con Hacienda es el mismo. El porcentaje se aplica en proporción al tiempo que haya transcurrido desde la fecha siguiente al último día de pago, que en este caso es el 1 de enero. Si el ingreso se produce el día 25 de enero, Hacienda deberá pagar la parte correspondiente a esos 25 días.

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En qué casos se aplican los intereses de demora con Hacienda

Si la penalizada es la Agencia Tributaria, solo se aplican los intereses de demora si Hacienda se retrasa en el pago de una devolución. En cambio, si el penalizado eres tú, hay más casos en los que se aplican los intereses de demora:

  • Pago una deuda o sanción fuera del plazo establecido.
  • Presentar una autoliquidación o declaración y se deba pagar, y se realice fuera de plazo.
  • Cobro de una devolución improcedente. Si Hacienda devuelve una cantidad errónea, se debe devolver con intereses, si el fallo es tuyo.
  • Inicio del periodo ejecutivo. Es cuando Hacienda te exige el cumplimiento de la deuda mediante procedimiento de apremio, que es una ejecución forzosa.
  • Suspensión de la ejecución de un acto.

Consejos para evitar el cobro de intereses de demora hacienda

Lo mejor para evitar el cobro de intereses de demora de Hacienda es presentar las declaraciones y liquidaciones tributarias en plazo y sin errores. Además, es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Mantener un buen control de los plazos de presentación y pago de impuestos.
  • Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria si se prevé que no se podrá hacer frente al pago.
  • Comprobar que la información proporcionada en las declaraciones y liquidaciones tributarias es correcta antes de presentarlas.
  • Contar con el asesoramiento de un profesional en materia fiscal para evitar posibles errores y sanciones.

Preguntas frecuentes de los intereses de demora con Hacienda

¿Cuánto es el interés de demora en Hacienda?

El interés de demora en Hacienda varía en función del año y puede ser consultado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Actualmente, en el año 2024, el tipo de interés de demora es del 4,0625%.

¿Qué recursos tengo para evitar el cobro de intereses de demora de Hacienda?

Existen diversos recursos que puedes utilizar para evitar el cobro de intereses de demora, como la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del pago, la presentación de alegaciones o recursos ante la Agencia Tributaria, o la interposición de un recurso contencioso-administrativo.

Fuentes del artículo
  1. BOE-A-2003-23186 Ley 58/2003, de XVII de diciembre, General Tributaria. Consultado en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a26
  2. Ministerio de Hacienda y Función Pública. (2023). Prórroga para 2024 de los PGE2023. Gabinete de Prensa del Gobierno de España. https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/GabineteMinistro/Notas%20Prensa/2023/CONSEJO-DE-MINISTROS/27-12-23-NP-CM-PRORROGA-PGE-2023.pdf
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Personas que han participado en este post:

Andrés MoncadaRoams
Actualizado por Andrés Moncada

Andrés Moncada es graduado en Comunicación Social y Periodismo y tiene un máster en Escritura Creativa. Andrés lleva 10 años escribiendo en medios de comunicación digitales y tradicionales; ha hecho reportajes turísticos, de ocio, sobre literatura, reviews de productos… Andrés se confiesa amante acérrimo de la lectura, de viajar pero, ante todo, de las personas. ‘Ayudar a los demás con análisis y recomendaciones me hace sentir mejor al final del día, sabiendo que estoy ayudando a que las personas que nos leen sepan exactamente qué es lo que contratan’.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez