Icono de Academia Finanzas Academia Finanzas

Dos pagadores Hacienda: ¿Es obligatorio? ¿Cotizo doble?

logo Roams
Última actualización: 19 de marzo de 2024
Andrés Moncada
14.656 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

¿Con dos pagadores tengo que hacer la declaración de la renta? En este caso el límite de ingresos anuales para presentar la renta 2023-2024 será de 15.000€ (siempre y cuando el segundo y sucesivos pagadores sumen unos ingresos de más de 1.500€ anuales). Aunque este límite de ingresos para hacer la declaración es inferior a los que solo tienen un pagador, no quiere decir necesariamente que se paguen más impuestos.

¿Con dos pagadores es obligatorio hacer la declaración?

Si tienes dos pagadores no hay obligación de hacer la declaración de la renta, siempre y cuando tus ingresos no lleguen a la cantidad mínima que te exime de hacerlo. Lo que determina los impuestos a pagar no son los pagadores totales, sino los ingresos anuales.

Es obligatoria hacer la declaración de la renta cuando hay dos pagadores en los siguientes supuestos:

  • De acuerdo con la Ley 21/2022, en los Presupuestos Generales del Estado (1) , en el caso de haber tenido más de un pagador, el límite será haber tenido ingresos superiores 15.000€, siempre y cuando los ingresos recibidos del segundo pagador o posteriores hayan sido superiores a 1.500€.
  • En el caso de que hayas obtenido rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses de cuentas bancarias, etc) o ganancias patrimoniales mayores a 1.600€, independientemente de tus rendimientos del trabajo.
  • Si tuviste ingresos superiores a 1.000€ brutos al año derivados de rentas inmobiliarias, rendimientos de las letras del Tesoro y subvenciones destinadas a la adquisición de viviendas, independientemente de tus rendimientos del trabajo.

En el caso de no tener obligatoriedad de hacer la declaración de la renta, siempre es interesante solicitar el borrador de la renta por si la declaración te saliera a devolver. En el caso de tener una declaración negativa, preséntala para recibir ese dinero con el que a lo mejor no contabas.


¿Qué es tener dos pagadores para Hacienda?

Existen confusiones para determinar qué es y cuándo se tienen dos pagadores. En principio, tener 2 pagadores es trabajar para dos o más empresas en un mismo ejercicio fiscal, es decir, en un mismo año.

Normalmente, para identificar dos pagadores se comprueba que haya en un ejercicio fiscal dos CIF diferentes, y por tanto, se haya recibido sueldo de dos empresas. A efectos fiscales, haber recibido una prestación económica como el paro o ERTE también se considera haber tenido dos pagadores.

Hacienda no distingue entre si esos dos pagadores han sido simultáneos o si fueron sucesivos porque cambiaste de empleo durante el año fiscal. Lo que importa de cara a la renta es que durante el año fiscal hayas recibido sueldos de dos o más pagadores.

También se entiende como segundo pagador si durante el año fiscal has estado trabajando y también has cobrado el paro. Percibir la prestación por desempleo cuenta, de cara a presentar la declaración de la renta, como tener un segundo pagador.


¿Si tengo 2 trabajos cotizo doble?

La declaración de la renta con dos pagadores no tiene por qué salir a pagar. Está muy extendido el mito de que si un año tienes dos pagadores, la renta te saldrá a pagar, pero tiene una explicación.

La razón por la que en muchas ocasiones un contribuyente con dos pagadores acaba teniendo que pagar en la renta se debe a que el segundo y posteriores pagadores no tienen en cuenta los ingresos de los otros pagadores para aplicar las retenciones correspondientes.

Para que no salga a pagar, las empresas deben aumentar el porcentaje de retención de IRPF. Dado que muchas no lo tienen en cuenta, la solución es que el propio empleado solicite un aumento en el porcentaje de retención del IRPF. De tal manera, que los impuestos que tienes que pagar en un año se reparten mensualmente.

En realidad, no se está cotizando el doble por el hecho de tener dos pagadores, sino que las empresas aplican una incorrecta retención. Deberías estar abonando esos impuestos en el momento de cobro, y sin embargo no lo estás haciendo. Al llegar el momento de regularizar tus impuestos en la Declaración se detecta esta anomalía, de ahí que tengas que abonar lo que no se te ha retenido cuando correspondía.

Ejemplo de dos pagadores y la renta

IRPF dos pagadores: ejemplo de cómo se aplica en la renta

Supongamos que un trabajador ha cobrado durante 2023 de una única empresa 28.000€. Dicha empresa, en las retenciones de la nómina, estima que debe pagar un 16% de IRPF. Es decir, acaba pagando 4.480€ de IRPF, y a la hora de hacer la declaración de la renta esta sale más o menos ajustada a la realidad.

Sin embargo, si ese mismo trabajador, con el mismo salario, ha cobrado durante seis meses de una empresa y seis de otra, la cosa puede cambiar. La primera le ha aplicado el 16% de IRPF, porque contaba con pagarle los 28.000 anuales; la segunda, en cambio, como solo le va a pagar 14.000€, le aplica el equivalente a su tramo, un 5%. Terminado el año habrá pagado 2.240€ de IRPF de su primer pagador, y 700€ del segundo, en total, 2.940€. Al hacer la declaración de la renta, Hacienda estima que le falta por pagar un 11% de IRPF, por lo que la declaración le sale a pagar unos 1.500€ para compensarlo.


¿El paro cuenta como segundo pagador en la renta?

El paro, ya sea contributivo o no contributivo, sí cuenta como segundo pagador en la declaración de la renta. Esto significa que, si has cobrado el paro durante el año, tendrás que presentar la declaración de la renta si los ingresos totales que has recibido superan los 15.000 euros.

El paro se considera un segundo pagador porque es una renta que se percibe por la realización de una actividad económica, en este caso, la búsqueda de empleo. Por lo tanto, está sujeta a tributación en el IRPF. Para declarar el paro en la renta, deberás incluirlo en el apartado "Otros rendimientos del trabajo".


¿La baja se considera un segundo pagador?

En general, no, la baja no se considera un segundo pagador en la declaración de la renta. Esto se debe a que la baja es una prestación social que se percibe por situaciones de necesidad, como la enfermedad o la incapacidad. No es una renta que se perciba por la realización de una actividad económica.

Sin embargo, existen algunas excepciones. Por ejemplo, si la baja se percibe por una enfermedad profesional o accidente laboral, sí se considera un segundo pagador. También se considera un segundo pagador si la baja se percibe por una incapacidad derivada de una actividad económica.


Preguntas frecuentes sobre la declaración con dos pagadores

¿La Seguridad Social se considera segundo pagador?

Si durante un ejercicio fiscal uno de tus pagadores ha sido la Seguridad Social (por ejemplo, porque percibes una pensión), habrás tenido dos pagadores.

¿Qué pasa si tengo 3 pagadores en un año?

Si tienes 3 pagadores en un año, tendrás que presentar la declaración de la renta si los ingresos totales que has recibido superan los 15.000 euros. En este caso, los ingresos del segundo y tercer pagador se sumaran para determinar si tienes que presentar la declaración de la renta. Si la suma de los ingresos del segundo y tercer pagador supera los 1.500 euros, tendrás que presentar la declaración de la renta.

¿Qué ingresos no cuentan como segundo pagador para la renta?

No todos los ingresos que percibas contarán como procedentes de un segundo pagador de cara a hacer la declaración de la renta. Entre los ingresos más habituales que no cuentan como segundo pagador están las pensiones compensatorias o de alimentación, así como las indemnizaciones por despido.

Si mi empresa cambia de nombre, ¿cuenta como segundo pagador?

Si tu actual empresa ha cambiado de nombre en medio del año fiscal no contará como un segundo pagador a la hora de hacer la declaración de la renta la primavera siguiente. Tampoco si se ha fusionado con otra o ha sido absorbida.

Fuentes del artículo
  1. Ley 31/2022, de XXIII de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, Ley 31/2022, 180551 (2022). https://www.boe.es/eli/es/l/2022/12/23/31
Nuestra metodología
Roams ofrece un servicio informativo y de comparativa gratuito, que trata de ayudar a cualquier persona a encontrar el producto que mejor se adapte a sus necesidades. Para asegurarnos de que los datos presentados sean correctos, se realizan investigaciones de mercado y análisis exhaustivos de productos. Nuestra base de datos de hipotecas, préstamos, cuentas, tarjetas y depósitos se actualiza todos los días. El contenido lo revisa de manera frecuente un equipo de redactores con experiencia previa y/o formación específica en finanzas.

Personas que han participado en este post:

Andrés MoncadaRoams
Actualizado por Andrés Moncada

Andrés Moncada es graduado en Comunicación Social y Periodismo y tiene un máster en Escritura Creativa. Andrés lleva 10 años escribiendo en medios de comunicación digitales y tradicionales; ha hecho reportajes turísticos, de ocio, sobre literatura, reviews de productos… Andrés se confiesa amante acérrimo de la lectura, de viajar pero, ante todo, de las personas. ‘Ayudar a los demás con análisis y recomendaciones me hace sentir mejor al final del día, sabiendo que estoy ayudando a que las personas que nos leen sepan exactamente qué es lo que contratan’.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón