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¿Cuánto dinero puedo ingresar en mi cuenta sin declarar?

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Última actualización: 16 de abril de 2024
Isbelt Martín
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¿Cuánto dinero se puede ingresar sin justificar?

Puedes ingresar todo el dinero que quieras en el banco sin justificarlo, pero estos tienen la obligación de informar a Hacienda cuando se hacen ingresos de más de 3.000€ en efectivo, para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se vigila con más atención el ingreso de cantidades elevadas, sobre todo cuando son recurrentes.

¿Cuánto se puede ingresar en el banco sin justificar?

No hay ninguna ley o normativa pública que limite el importe de los ingresos que hagas en tu banco. Es decir, no hay una cantidad a partir de la cual tengas que justificar dicho ingreso. Lo que sucede es que el banco tiene la obligación de informar a Hacienda en caso que detecte determinados movimientos:

  • Retirada o ingreso en efectivo de cantidades superiores a los 3.000€.
  • Cualquier operación que incluya el ingreso de billetes de 500€ (1) .
  • Todo lo que supere el límite de transferencias bancarias establecido por Hacienda, y en concreto, aquellas operaciones de envío o recepción de dinero con origen o destino fuera de España, cuando superen los 10.000€.
  • Solicitar préstamos o crédito de más de 6.000€.
  • Ingresos recurrentes: hacer grandes sumas de dinero con pequeños ingresos de forma habitual. En estos casos, el banco podría advertir a Hacienda para una posible investigación.

Sacar o ingresar dinero del banco no tiene implicaciones fiscales por sí mismo, y Hacienda tampoco abrirá automáticamente una investigación si realizas alguno de los movimientos antes enumerados. Tampoco tienes obligación de declarar o notificar dichos movimientos, salvo que supere los 100.000€, en cuyo caso deberás presentar el modelo S-1 en Hacienda.

En cualquier caso, estos límites hay que tomarlos como una referencia. Si Hacienda ve movimientos sospechosos, aunque no sea un billete de 500€ o llegue a un ingreso de 3.000€, los va a investigar, indistintamente de las limitaciones anteriormente vistas. Lo que sí se puede deducir es que a partir de estas cantidades es más factible que se investigue o que se solicite justificación de dichos ingresos. Porque, por ejemplo, que una persona desempleada ingrese en el banco todos los meses 2.900€ es, cuanto menos, sospechoso.

Hacienda no investiga por capricho este tipo de movimientos, sino que lo hace como parte de la lucha del Estado contra el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo. En concreto, estas investigaciones se ponen en marcha en cumplimiento con la Ley 10/2010 (2) , en sintonía con el resto de países de la Unión Europea.

¿Cuánto dinero se puede ingresar sin justificar por día, mes y año?

Puedes ingresar sin justificar todo el dinero que quieras cada día, cada mes y cada año, siempre y cuando tengas en cuenta que si una operación por sí sola supera los 100.000€ deberás informar de ella a Hacienda a través del modelo S-1.

Recuerda, además, que aunque estos ingresos diarios, mensuales o anuales no superen de manera individual los límites antes establecidos (principalmente, el de los 3.000€ que hace saltar las alarmas automáticamente al banco), si resultan lo suficientemente sospechosos es posible que el banco informe por iniciativa propia a la Agencia Tributaria.


¿Cómo justificar el ingreso de efectivo en el banco?

Hacienda no se para a revisar todos los movimientos bancarios, sino que suele entrar en casos donde se ven movimientos recurrentes de este tipo que, a priori, puedan resultar sospechosos. Para justificar la procedencia de esos ingresos hay que contar con la documentación que acredite que ese dinero se ha obtenido de forma legal:

  • Nóminas: el contribuyente puede, por ejemplo, haber sacado dinero en efectivo de su banco y haberlo guardarlo en casa. Cabe destacar que no hay un límite establecido de dinero que se puede guardar en casa sin declarar, siempre que tenga una procedencia lícita.
  • Facturas, recibos o justificantes de pago: si, por ejemplo, se ha cobrado algún trabajo realizado en efectivo (recuerda que el límite de pagos en efectivo está fijado en 1.000€). Ten en cuenta que estos recibos sirven para justificar la procedencia del dinero en el supuesto de que lo solicite la Agencia Tributaria, y que siempre hay que declarar los ingresos extra obtenidos.

No justificar debidamente estos ingresos puede conllevar importantes multas económicas, atendiendo a la citada ley contra el blanqueo de capitales y prevención del terrorismo:

  • Artículo 56. Sanciones por infracciones muy graves (3) : desde 150.000€ hasta un máximo de 10.000.000€.
  • Artículo 57. Sanciones por infracciones graves (4) : desde 60.000€ hasta un máximo de 5.000.000€.
  • Artículo 58. Sanciones por infracciones leves (5) : multa hasta 60.000€.

Cuánto dinero hay que tener en el banco

No hay una cantidad obligatoria que todo ciudadano deba tener en su cuenta corriente. Depende de muchas circunstancias el encontrar una cifra que sea adecuada, pero lo que es recomendable es no superar los 100.000€ por entidad, ya que ese es el límite que cubre el Fondo de Garantía de Depósitos.

Según la OCU, no hay que tener ni mucho dinero en el banco, ni muy poco. Lo ideal es acumular el equivalente a tres meses de salario (6) , porque esa cantidad de dinero te debería permitir hacer frente a los imprevistos que puedan surgir en tu día a día. Acumular más es poco recomendable si la cuenta no es remunerada, ya que tendrás una importante cantidad de dinero que no estará trabajando.

Si dispones de un buen capital que no vas a utilizar y que, por tanto, puedas tener inmovilizado una cantidad de tiempo notable, lo mejor es que busques una cuenta remunerada, o un depósito a plazo. Son los dos principales instrumentos para obtener rendimiento por tu dinero sin riesgo.


¿Se puede ingresar un billete de 200€ por cajero automático?

Sí, no hay problema por ingresar un billete de 200€ desde un cajero automático. Como veíamos anteriormente, Hacienda suele vigilar más bien los billetes de 500€ (7) porque están muy estrechamente relacionados con el narcotráfico y el terrorismo, pero sobre todo porque son una de las principales fuentes de blanqueo de capitales. Por otra parte, el límite para retirar dinero del cajero sería de 3.000€.


Preguntas frecuentes sobre cuánto dinero se puede ingresar sin justificar

¿Es mejor tener dinero en efectivo o en el banco?

Depende de cada uno, y lo mejor siempre va a ser un término medio. El efectivo es, por lo general, más seguro, ya que es dinero que no custodia una entidad que pueda quebrar, como es un banco. Con él se lleva mejor el control de gastos, pero tiene grandes pegas, siendo la principal la de que al ser algo físico puede perderse.

¿Tengo que pagar impuestos por tener mi dinero en el banco?

Tener el dinero en el banco está libre de impuestos. Es decir, no hay obligación de declarar por el dinero que tengas ahorrado en el banco (o debajo del colchón) a la hora de hacer la declaración de la renta. Solo deberás incluir en la declaración anual del IRPF los rendimientos de ese dinero, si por ejemplo genera intereses.

¿Puedo ingresar 300€ al mes sin justificar?

Si vas a hacer ingresos o transferencias recurrentes a tu cuenta bancaria, puedes hacerlo por cualquier importe, pero ya sabes que si son de más de 3.000€ el banco informará a Hacienda de ello automáticamente. Si vas a ingresarte 300€ mes tras mes, en principio no debería pasar nada, a menos que a tu banco le resulte sospechoso, por el motivo que sea, en cuyo caso podría informar a la Agencia Tributaria por iniciativa propia, y esta podría abrir una investigación si lo considerase oportuno.

Fuentes del artículo
  1. Haro, I. Usar un billete de 500 euros en un negocio puede hacer saltar las alarmas a la Agencia Tributaria. Autónomos y Emprendedores. https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/tus-finanzas/usar-billete-500-euros-negocio-puede-hacer-saltar-alarmas-agencia-tributaria/20210805181215024926.html
  2. Ley 10/2010, de XXVIII de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, Ley 10/2010, 37458 (2010). https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con
  3. Ley 10/2010 (Art. 56), de XVIII de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con#a56
  4. Ley 10/2010 (Art. 57), de XVIII de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con#a57
  5. Ley 10/2010 (Art. 58), de XVIII de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con#a58
  6. OCU. Cuánto dinero se puede tener en una cuenta corriente. www.ocu.org. https://www.ocu.org/dinero/cuenta-bancaria/consejos/cuanto-saldo-en-la-cuenta
  7. de Barrón, Í. Los bancos centrales empiezan a retirar los billetes de 500 euros. Gestha. http://www.gestha.es/index.php?seccion=actualidad&num=580
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón