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¿Cuánto dinero puedo ingresar en mi cuenta sin declarar?

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Última actualización: 17 de octubre de 2023
Isbelt Martín
9.732 personas han leído este post en los últimos 12 meses
¿Cuánto dinero se puede ingresar sin justificar al mes?

Los bancos tienen la obligación de informar a Hacienda para una posible investigación cuando se hacen ingresos de más de 3.000€ o billetes de 500€. Se trata de medidas para prevenir el blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. El organismo público vigila con más atención el ingreso de cantidades elevadas y sobre todo cuando son recurrentes.

Una mujer en el banco que va a ingresar dinero ya que es una cantidad que no tiene que justificar

¿Cuánto se puede ingresar en el banco sin justificar?

A día de hoy no existe ninguna Ley o normativa pública que recoja la cantidad exacta que se puede ingresar en una cuenta bancaria sin justificación. Sin embargo, según declaraciones de Carlos Cruzado, el presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), este límite es de 3.000€ (1) . En concreto, las operaciones bancarias que vigila Hacienda son:

  • Retirada o ingreso de cantidades superiores a los 3.000€.
  • Ingreso de billetes de 500€.
  • Límite de transferencias bancarias establecido por Hacienda: las que superan los 10.000€.
  • Ingresos recurrentes: hacer grandes sumas de dinero con pequeños ingresos de forma habitual. En estos casos, el banco podría advertir a Hacienda para una posible investigación.

En cualquier caso, estos límites hay que tomarlos como una referencia. Si Hacienda ve movimientos sospechosos, aunque no sea un billete de 500€ o llegue a un ingreso de 3.000€, los va a investigar indistintamente de las limitaciones anteriormente vistas. Lo que sí se puede deducir es que a partir de estas cantidades es más factible que se investigue o que se solicite justificación de dichos ingresos. Porque por ejemplo, una persona desempleada que ingrese en el banco todos los meses 2.900€ es cuanto menos sospechoso.


¿Cómo justificar el ingreso de efectivo en el banco?

Hacienda no se para a revisar todos los movimientos bancarios sino que suele entrar en casos donde se ven movimientos recurrentes de este tipo que a priori puedan resultar sospechosos. Para justificar la procedencia de esos ingresos tendríamos que contar con la documentación que acredite que ese dinero se ha obtenido de forma legal:

No justificar debidamente estos ingresos puede conllevar importantes multas económicas atendiendo a la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (2) :

  • Artículo 56. Sanciones por infracciones muy graves (3) : desde 150.000€ hasta un máximo de 10.000.000€.
  • Artículo 57. Sanciones por infracciones graves (4) : desde 60.000€ hasta un máximo de 5.000.000€.
  • Artículo 58. Sanciones por infracciones leves (5) : multa hasta 60.000€.

¿Se puede ingresar un billete de 200€ por cajero automático?

Sí, no hay problema por ingresar un billete de 200€ desde un cajero automático. Como veíamos anteriormente, Hacienda suele vigilar más bien los billetes de 500€ porque están muy estrechamente relacionados con el narcotráfico y el terrorismo (6) . Por otra parte, el límite para retirar dinero del cajero sería de 3.000€.

Fuentes del artículo

  1. Emprendedores, A. y. Usar un billete de 500 euros en un negocio puede hacer saltar las alarmas a la Agencia Tributaria. Autónomos y Emprendedores. https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/tus-finanzas/usar-billete-500-euros-negocio-puede-hacer-saltar-alarmas-agencia-tributaria/20210805181215024926.html
  2. Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10
  3. Ley 10/2010 (Art. 56), de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con#a56
  4. Ley 10/2010 (Art. 57), de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con#a57
  5. Ley 10/2010 (Art. 58), de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, n.o Ley 10/2010, 37458 https://www.boe.es/eli/es/l/2010/04/28/10/con#a58
  6. Iñigo de Barrón. Los bancos centrales empiezan a retirar los billetes de 500 euros. Gestha. Consultado en http://www.gestha.es/index.php?seccion=actualidad&num=580
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Personas que han participado en este post:

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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón