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Impuesto de loterías: premios, cantidad y cómo declarar

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Última actualización: 17 de abril de 2024
Isbelt Martín
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En pocas palabras

El impuesto de loterías se aplica a los premios superiores a 40.000€ obtenidos de sorteos llevados a cabo por Loterías y Apuestas del Estado, o por determinadas organizaciones, como la ONCE o la Cruz Roja. El porcentaje de retención es el mismo para todos, del 20% para todo lo que supere el importe exento, independientemente de la ganancia obtenida.

¿Tengo que declarar los premios de lotería?

Los premios de lotería están sujetos un gravamen especial, de acuerdo a la Ley del IRPF (1) . En la disposición adicional 33 de la LIRPF se estipula que siempre que estos premios superen un importe mínimo (40.000€, salvo excepciones), Hacienda se quedará con el 20% de todo lo que supere el importe exento, por lo general automáticamente. Los primeros 40.000€, eso sí, están libres de impuestos.

Pero aunque tributes por ellos al recibirlos (es decir, los cobres después de impuestos), eso no quiere decir que no debas declararlos. Se recomienda incluirlos en tu declaración de la Renta, para que la Agencia Tributaria compruebe que, en efecto, se te aplicó la retención correspondiente, pero no aumentarán la base imponible del IRPF, por lo que no habrá que pagar nada más por ellos, incluso aunque no superen el mínimo exento de tributación.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que esto solo aplica a los premios de Loterías y Apuestas del Estado, a los que organicen las comunidades autónomas y a los de determinadas organizaciones, como la ONCE o la Cruz Roja. Los premios con otra procedencia, como concursos, rifas o programas televisivos, no estarán sujetos a retención mientras no superen los 300 euros. En caso de hacerlo, tributarán a través del IRPF, con una retención del 19%, y además deberás incluirlos en tu declaración como ganancia patrimonial, lo que podría llevarte a tener que ajustar cuentas con Hacienda al presentarla, en función de tus otros ingresos.

La tributación de las apuestas deportivas, así como la de las ganancias en casinos o en el póker online, es también distinta. No están sujetas a retención y deben declararse siempre, independientemente de su cuantía, salvo que no estés obligado a hacer la declaración (y lo que hayas ganado con ellas no te obligue a hacerla).

En definitiva, no hay que confundir tributar con declarar. Debes declarar todo lo que ganes en forma de premios, pero no todo lo que declares tributa:

  • Los premios de Loterías y Apuestas del Estado están sujetos a retención a partir de los 40.000€, pero no aumentan tu base imponible del IRPF aunque se deban incluir en la declaración.
  • Los premios obtenidos en otros concursos, sorteos, rifas, etcétera, están sujetos a retención a partir de 300 euros, son ganancias patrimoniales y, por tanto, aumentan tu base imponible en el IRPF (debes incluir en tu declaración el importe después de impuestos).
  • Las ganancias de apuestas, casinos, cartas, etcétera, no están sujetas a retención, deben incluirse en la declaración siempre que tengas que hacerla, son ganancias patrimoniales y, por tanto, aumentan la base imponible del IRPF.

¿Qué cantidad se lleva Hacienda de la Lotería de Navidad?

La cantidad que se lleva Hacienda de la Lotería de Navidad corresponde al 20% de los premios que superen los 40.000€, quedando exentos los primeros 40.000€. Esta norma es la misma que se aplica en otros de sorteos estatales y de determinadas organizaciones:

  • Sorteos de Loterías y Apuestas del Estado: Euromillones, La Primitiva, Bonoloto, La Quiniela, Lotería Nacional, etc.
  • Sorteos organizados por las Comunidades Autónomas.
  • Sorteos de la Cruz Roja.
  • Sorteos de la ONCE.
Veámoslo con un ejemplo

Si resultas ser el afortunado poseedor de un décimo agraciado con el primer premio de la Lotería de Navidad (400.000€ al décimo) deberás tributar al 20% sobre todo lo que supere los 40.000€. Es decir, pagarás a Hacienda el 20% de 360.000€, o lo que es lo mismo, 72.000€, por lo que el premio te reportará 328.000€.

Si te tocase un cuarto premio (20.000€ al décimo), como no llega al mínimo de 40.000€, lo cobrarías íntegro.

Si el décimo es compartido, Hacienda, considerando el mínimo exento de 40.000€, hará las retenciones del 20% a cada participante. Habrá que acreditar, eso sí, que el décimo es compartido.

Además, hay que tener en consideración otros factores. Por ejemplo, un décimo puede contener más de un premio, en cuyo caso la retención se aplicará a cada premio que supere el mínimo exento. Y si lo jugado es inferior a 0,50€, la exención será proporcional, no así la tributación.

Veámoslo con un ejemplo

Una apuesta en el juego Euromillones tiene un coste de 2,50€, de los cuales 0,30€ son de El Millón, un juego asociado cuya participación es obligatoria. Supongamos que tu boleto resulta doblemente premiado, con un acierto de tercera categoría, por el que ganarías 100.000€, y el citado El Millón, que como su nombre indica premia con 1.000.000€ al acertante.

Los 60.000€ que superan el mínimo exento del premio del Euromillones tributan al 20% (12.000€), por lo que por ahí te llevarías 88.000€. Y del premio de El Millón, como la apuesta fue de solo 0,30€, el mínimo exento es de 24.000€, por lo que el excedente de 976.000€ está sujeto a la tributación al 20%. De ese modo, Hacienda se lleva otros 195.200€ de tu premio, cobrando tú 804.800€. En total, tu doble premio te acabará reportando 892.800€.


¿Cómo declaro el premio de la lotería?

Los premios obtenidos de la lotería deben indicarse en la declaración de la Renta. Existe una casilla de la declaración de la Renta a tal efecto, la cual se encuentra dentro del grupo denominado "Premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios", en el apartado "Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales".

Hacienda se encarga de la fiscalidad de la lotería y hace la retención de la cuantía correspondiente antes de que recibas el dinero. Como ya habrás tributado por el premio al recibirlo, en la declaración de la Renta no va a aumentar la base imponible. No obstante, se recomienda incluir la obtención del premio en tu declaración.

Hay que tener en cuenta que si el agraciado entrega parte del premio a otra persona, el beneficiario deberá declararlo en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Si el premio tiene otro origen que no sea alguno de los contemplados en la disposición adicional 33 de la LIRPF, siempre tributará en el IRPF como ganancia patrimonial, independientemente de su cuantía, incluso aunque esté sujeto a retención (es decir, que se te entregará tras haber pagado el 19% de impuestos si su importe supera los 300€).

¿Tienes dudas sobre cómo se declarar los premios que ganes?

Para asegurarte que tu declaración está bien hecha y no pagar de más, puedes contratar una de las asesorías online colaboradoras sociales con la Agencia Tributaria, como TaxScouts (69,90€) o, TaxDown (desde 35€/año). Todas ellas cuentan con expertos fiscales que analizarán las consultas que las lleguen, una a una, para darles el mejor servicio posible.


¿Es posible recuperar la parte del premio que se queda Hacienda?

Hay una posibilidad para, sin defraudar a Hacienda mediante la evasión fiscal, ingresar de forma íntegra el premio obtenido en un sorteo de lotería. Se trata de una especie de seguro que algunas compañías que se dedican a la venta de décimos ofrecen a sus clientes.

Empresas como Laguinda cobran un pequeño extra en forma de seguro a todos décimos que se compran a través de su plataforma, y con ese dinero abonar a los que resulten ganadores el 20% por encima de 40.000€ que irá a parar a las manos de Hacienda.

Sin embargo, esto no sirve para ingresar libre de impuestos un premio de lotería superior a 40.000€ ya que, como el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerda (2) , el dinero obtenido de este modo ha de declararse como ganancia patrimonial, sometida por tanto a la tributación por IRPF, a la hora de hacer la declaración de la Renta.

Si contratas uno de estos "seguros de premios contra impuestos", por así denominarlos, no evitarás el pago de impuestos por tu décimo premiado. La retención a cuenta se realiza de forma automática cuando vas a cobrar el premio. El "seguro" te pagará ese 20% que Hacienda se cobra del premio, por el que deberás pagar los impuestos correspondientes al hacer la declaración de la Renta.


Preguntas frecuentes sobre el impuesto de las loterías

¿Cuánto se lleva Hacienda de un cupón de la ONCE de 35.000€?

Los cupones de la ONCE (Organización Nacional de Ciegos de España) están incluidos dentro de aquellos sujetos a un gravamen especial, de acuerdo a la LIRPF. Por tanto, todo lo que exceda los 40.000€ de dichos premios estará sometido a una retención a cuenta del 20%. Si tu cupón ha resultado premiado con 35.000€ lo cobrarás íntegro.

¿Cómo tributan los premios en especie?

Es habitual que los concursos televisivos recompensen a sus ganadores con premios en especie (como, por ejemplo, un coche). También están sujetos a una retención del 19%, pero en este caso, al no poder aplicarse una retención a cuenta en el momento de cobrarlo, deberás pagar tú ese 19% sobre su valor, además de incluirlo en la declaración de la Renta como ganancia patrimonial.

¿Cómo se cobra un premio de lotería?

Los premios de lotería de menos de 2.000€ se pueden cobrar en cualquier administración de lotería, pero si el importe del premio es mayor habrá que acudir a una de las entidades bancarias autorizadas a tal efecto ( BBVA o CaixaBank (3) ). Para ello deberás acudir a una de estas sucursales con tu DNI, y ahí solicitar o bien un cheque o una transferencia bancaria a tu cuenta, sin coste.

Si el premio supera los 40.000€, el importe del cheque o de la transferencia llevará descontado el 20% en concepto de impuestos a todo lo que supere ese mínimo exento. Si fuisteis varios los agraciados (por ejemplo, un décimo comprado entre varios, o una quiniela hecha en grupo), todos y cada uno de los premiados deberán presentarse con sus respectivos documentos de identidad para poder cobrar el premio, el cual será repartido proporcionalmente entre todos los participantes en función de su inversión previa.

Fuentes del artículo
  1. Ley 35/2006 (D.A. 33), de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#datrigesimatercera
  2. LaSexta. ¿Un truco para no pagar impuestos con la Lotería de Navidad? Así funcionan los seguros de los décimos. Gestha. http://www.gestha.es/index.php?seccion=actualidad&num=1222
  3. Loterías y Apuestas del Estado. ¿Cómo cobro los premios de resguardos comprados en la Red Comercial? Consultado en https://www.loteriasyapuestas.es/es/centro-de-ayuda/informacion-sobre/como-cobrar-premios-red-presencial
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón