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¿Cómo declarar una herencia recibida del extranjero en España?

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Última actualización: 17 de abril de 2024
Andrés Moncada
2.029 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

Cuando se recibe una herencia del extranjero y se reside en España, es importante tener en cuenta las posibles implicaciones fiscales. Ten en cuenta que existe un plazo de seis meses para arreglar toda la documentación desde el fallecimiento del causante: certificados de defunción, seguros de vida, testamento, etc.

Declarar en España una herencia en el extranjero: paso a paso

Si quieres conocer cómo declarar una herencia recibida del extranjero, lo primero a tener en cuenta es conocer dónde está ubicada tu residencia fiscal. De acuerdo con la Ley 35/2006 (1) , del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece que, en términos generales, una persona es residente en España si permanece en el país durante más de 183 días de forma continua en el año natural.

Si confirmas que sí eres residente fiscal en España, tendrás que seguir tres pasos para determinar el proceso de tributar la herencia:

  • Revisar qué legislación aplica en tu caso
  • Conocer cómo debes liquidar la herencia recibida
  • Determinar el plazo para pagar la sucesión

Veamos uno a uno estos pasos con detenimiento para que quede más claro y logres determinar cómo hacer la declaración de la herencia recibida en otro país:

¿Qué legislación aplica la declaración de una herencia en el extranjero?

La normativa aplicable será la Ley sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones de la comunidad autónoma donde el heredero tenga su residencia. En el caso de que el difunto no tenga nacionalidad española, se aplicará la legislación correspondiente a su país de origen, para lo cual se requerirá una declaración notarial emitida por el notario o consulado del país en cuestión. Con el Reglamento Europeo 650/2012 de Sucesiones Internacionales (2) , la herencia se rige por la ley del país donde el causante tenía su residencia habitual al momento de su fallecimiento, pero el testador puede especificar la ley que quiere que se aplique.

La información relativa a los impuestos que se publica en esta página es general y puede no ajustarse específicamente a tu situación personal. Ten en cuenta que existen normativas tanto estatales como autonómicas y locales, por lo que se pueden aplicar modificaciones. Nuestro experto de Roams recomienda contactar con la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal antes de realizar cualquier acción.

¿Cómo se debe liquidar la herencia del extranjero?

La liquidación de la herencia se debe hacer ante la Agencia Estatal de la Administración tributaria, y es importante comprobar que no se hayan pagado impuestos en otros países para aplicar la deducción por doble imposición internacional y evitar el pago doble por la misma herencia.

¿Cuál es el plazo para pagar la herencia del extranjero?

El plazo para la liquidación de la herencia es de seis meses desde el fallecimiento del causante, y es posible solicitar una prórroga del Impuesto de Sucesiones de seis meses adicionales. Es importante tener en cuenta que la Agencia Tributaria no notificará ni recordará al contribuyente sobre este plazo.


Requisitos para gestionar una herencia en el extranjero

Algo que debes tener en cuenta al liquidar una herencia del extranjero es presentar todos los documentos pertinentes debidamente traducidos al español, ya que es un requisito fundamental. Cabe destacar que la Agencia Tributaria tiene un plazo de cuatro años para revisar la herencia. Sin embargo, si se trata de una herencia recibida en el extranjero, el cómputo de los cuatro años comenzará únicamente desde el momento en que la Administración del país de residencia actual tenga conocimiento de la herencia, lo cual ocurre cuando se presentan los documentos necesarios, los cuales son:


Modelo 720 y su relación con las herencias en el extranjero

Además del Impuesto de Sucesiones, en ciertos casos, también es necesario presentar el Modelo 720, una declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero. Las entidades reguladas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (3) , como las herencias yacentes o las comunidades de bienes, tienen la obligación de presentar este modelo. La figura jurídica de herencia yacente se refiere al patrimonio hereditario desde el momento en que fallece el causante hasta que se acepta la herencia.

Por lo tanto, es elemental contar con la asesoría de abogados expertos en la tributación de herencias internacionales. Estos profesionales pueden estudiar el caso en detalle, identificar la normativa aplicable y elaborar y presentar los impuestos correspondientes a pagar.


Preguntas frecuentes de declarar herencia en el extranjero

¿Qué pasa si un heredero vive en el extranjero?

Si uno de los herederos vive en el extranjero, también deberá declarar la herencia en su país de residencia y pagar los impuestos correspondientes. En este caso, es posible que se apliquen tratados internacionales para evitar la doble imposición.

¿Cuánto se paga por heredar una cuenta bancaria en Francia?

Si has heredado una cuenta bancaria en Francia, es importante saber que también tendrás que declararla en España y pagar impuestos en función del valor de la cuenta. En Francia, el impuesto sobre sucesiones es progresivo y depende del valor de la herencia y del grado de parentesco.

Fuentes del artículo
  1. Ley 35/2006, de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35
  2. BOE.es - DOUE-L-2012-81342 Reglamento (UE) no 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de IV de julio de MMXII, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo. Consultado en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2012-81342
  3. Ley 58/2003, de XVIII de diciembre, General Tributaria, n.o Ley 58/2003, 44987 https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/17/58
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Andrés MoncadaRoams
Actualizado por Andrés Moncada

Andrés Moncada es graduado en Comunicación Social y Periodismo y tiene un máster en Escritura Creativa. Andrés lleva 10 años escribiendo en medios de comunicación digitales y tradicionales; ha hecho reportajes turísticos, de ocio, sobre literatura, reviews de productos… Andrés se confiesa amante acérrimo de la lectura, de viajar pero, ante todo, de las personas. ‘Ayudar a los demás con análisis y recomendaciones me hace sentir mejor al final del día, sabiendo que estoy ayudando a que las personas que nos leen sepan exactamente qué es lo que contratan’.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez