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Qué es la Ley Beckham: origen, ventajas y desventajas

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Última actualización: 16 de abril de 2024
Isbelt Martín
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En pocas palabras

La Ley Beckham surgió por el futbolista inglés en el Real Madrid (2003-2007). Pretendía un régimen especial para atraer talento extranjero a España, reduciendo impuestos. Sin embargo, se ha reformado y ahora deportistas y autónomos no pueden acogerse en esta ley.

Qué es la Ley Beckham

La Ley Beckham, también conocida como el Régimen Fiscal de los Trabajadores Desplazados, se encuentra regulada en la actualidad en el artículo 93 de la LIRPF (1) . Se trata de una Ley tributaria para los extranjeros que vienen e España por primera vez a vivir por motivos de trabajo. Esta Ley tiene ciertas ventajas fiscales para este colectivo, podrán por ejemplo tributar a un tipo impositivo fijo del 24% hasta rentas de 600.000€, unas retenciones más bajas que las que se le aplican a los trabajadores españoles. Los españoles por ejemplo tienen una retención en el IRPF del 47% para ganancias superiores a 300.000€.

La Ley Beckham tiene su origen en el futbolista inglés David Beckham, quien fichó por el Real Madrid en el año 2003 y fue uno de los primeros en acogerse a esta medida, de ahí que se rebautizara de forma popular como la Ley Beckham. El principal objetivo de esta normativa era atraer talento de trabajadores extranjeros a España porque de esta forma salía más barato a los clubes o empresas ofrecer un salario competitivo.


Ventajas de la Ley Beckham

Retención fija del 24% hasta 600.000€

Una de las principales ventajas de la Ley Beckham es su régimen especial de tributación. Hasta 600.000€ se aplica una retención del 24%, mientras que lo que supere ese límite tributaría a un 47%. Cabe destacar que ese 47% es el equiparable tramo de IRPF para los trabajadores españoles que ganen más de 300.000€.

Retenciones a los trabajadores acogidos a la Ley Beckham
Base liquidable Tipo aplicable
Hasta 600.000€ 24%
De 600.000€ en adelante 47%

No obstante, el artículo 93.2.e)2ª de la LIRPF establece una base liquidable diferente si las rentas obtenidas son las que se refiere el artículo 25.1.f) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (2) , estas son:

  • Dividendos y otros rendimientos derivados de la participación en los fondos propios de una entidad.
  • Intereses y otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
  • Ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.
Retenciones Ley Beckham por rentas obtenidas acorde al artículo 25.1.f) de la LIRNR
Base liquidable Tipo aplicable
Hasta 6.000€ 19%
De 6.000€ a 50.000€ 21%
De 50.000€ a 200.000€ 23%
De 200.000€ a 300.000€ 27%
Más de 300.000€ 28%

Se tributa solo por las ganancias obtenidas en España

Los extranjeros solo pagarán por las rentas obtenidas en España. Por lo tanto, no se le aplicaría ningún tipo de retención por rentas o activos que tuviera fuera de España. Así, si por ejemplo venden activos o dividendos en el extranjeros no tributarán de ninguna manera en España por ellos. Si estos activos estuvieran en España sí tributaría en los tramos establecidos acorde al artículo 93 de la LIRPF y al tratarse de rentas acordes al artículo 25.1.f) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR).

No hay que entregar el modelo 720

Relacionado con el punto anterior y como se ha mencionado solo tributarán por los beneficios obtenidos en España, por lo tanto, no tienen que presentar en ningún caso el modelo 720 de Hacienda. Este modelo sirve para declarar los activos en el extranjero, así como el dinero en cuentas extranjeras cuando se supera el límite de los 50.000€. Se trata de un trámite que se tendría que realizar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año.

Mejores condiciones en el Impuesto al Patrimonio

El Impuesto al Patrimonio es un tributo que grava el patrimonio global de los contribuyentes con altas rentas. Con la Ley Beckham, la base imponible para este impuesto se calcularía atendiendo al patrimonio del contribuyente situado en España.


Desventajas de la Ley Beckham

Restricciones en el tipo de trabajo

Como hemos visto anteriormente, tras las últimas reformas hay algunos tipos de trabajadores que no se pueden acoger a la Ley Beckham. Entre ellos destacan los autónomos y freelances. Los deportistas o atletas profesionales también quedan fuera, aún tratándose de los responsables del inicio de esta legislación. Igualmente, los empresarios que posean más del 25% de alguna empresa en España tampoco pueden acogerse a este régimen especial.

Aplicación a otros convenios

Al tratarse de un trabajador considerado como no residente, no es posible aplicarse convenios de doble imposición. Estos son tratados internacionales que aplican medidas especiales para evitar o eliminar la doble imposición en varios países (una misma persona que es gravada por la misma renta en varios países...).

No pueden recibir indemnizaciones por despido

Un trabajador acogido a la Ley Beckham tampoco podrá beneficiarse de las indemnizaciones por despido. En España, si un despido se declara improcedente se indemniza al trabajador con 33 días de salario por año trabajado, o 45 días de salario por año trabajado anterior al 12 de febrero de 2012.

No es posible deducirse gastos

Tampoco será posible deducirse gastos en la declaración de la renta dado que no se rigen como el resto de trabajadores por el mismo régimen.


Requisitos para acogerse a la Ley Beckham en España

Los requisitos para acogerse a la Ley Beckham son los siguientes:

  • Que no hayan sido residentes en España durante los últimos 5 años.
  • Deben tener un nuevo trabajo en España que justifique el traslado.
  • Que no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.
  • Plazo: hay que solicitar acogerse a este régimen especial en un periodo máximo de 6 meses después del inicio del trabajo en España.
  • Trabajadores excluidos después de la reforma regulada por el Real Decreto 1006/1985, de XXVI de junio (3) :
    • Trabajadores autónomos y freelances.
    • Deportistas y atletas profesionales.
    • Directores de empresas ubicadas en España y que a su vez posean más del 25% del capital de las mismas.

Preguntas frecuentes sobre la Ley Beckham

¿Cómo se calcula el IRPF con la Ley Beckham?

Hay que tener en cuenta que se aplican los tramos por fases. Por ejemplo, un extranjero que haya obtenido unas rentas anuales en España de 700.000€ tributaría al 24% por los primeros 600.000€ y al 47% por los 100.000€ restantes. El cálculo de IRPF quedaría de la siguiente forma: 144.000€ (al aplicar el 24% sobre 600.000€) + 47.000€ (al aplicar el 47% sobre 100.000€) = pagaría en total 191.000€ por una ganancias de 700.000€.

¿Durante cuánto tiempo es aplicable la Ley Beckham?

Los beneficios de la Ley Beckham son aplicables hasta un máximo de 6 años, el primer año que se adquiere la residencia fiscal en España más cinco años más.

¿Cómo solicitar la Ley Beckham?

La Ley Beckham es un régimen voluntario y por tanto es necesaria su solicitud en la Agencia Tributaria. En primer lugar habrá que presentar el modelo 030 para registrarse como residente fiscal. Una vez recibida la aprobación hay que realizar el modelo 149 para aplicar al régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados en territorio español. Una vez entregada toda la documentación tan solo tendrás que esperar a que la Agencia Tributaria corrobore que es correcta y se apruebe la solicitud. Ten en cuenta que existe un plazo de 6 meses para realizar la solicitud desde que se inicia el trabajo en España.

Fuentes del artículo
  1. Ley 35/2006 (Art. 93), de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#a93
  2. Real Decreto Legislativo 5/2004 (Art. 25), de V de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, n.o Real Decreto Legislativo 5/2004, 11176 https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2004/03/05/5/con#a25
  3. Real Decreto 1006/1985, de XXVI de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, n.o Real Decreto 1006/1985, 20075 https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/06/26/1006
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón