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Embargos Hacienda: ¿cuándo y qué te puede embargar la Agencia Tributaria?

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Última actualización: 25 de marzo de 2024
Isbelt Martín
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En pocas palabras

Un embargo de Hacienda se produce cuando no pagas una deuda tributaria. La Agencia Tributaria puede embargarte una amplia gama de bienes. Si este pasa, puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago, presentar una alegación o recurrir la providencia de apremio. Te lo contamos todo al detalle.

¿En qué consiste un embargo de Hacienda?

Un embargo de Hacienda es una medida de la Agencia Tributaria (AEAT) para recaudar deudas con el fisco si tú, como persona jurídica o física adeudas impuestos. Hacienda puede embargarte los bienes y activos para cubrir la cantidad adeudada, incluyendo intereses y recargos. Recuerda que los embargos de la AEAT se rigen por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (1) .

Los avisos de embargos por parte Hacienda son:

  • Preventivo: se produce cuando hay indicios de que tú como contribuyente vas a intentar eludir el pago de la deuda.
  • Definitivo: se aplica cuando la deuda no se ha pagado en el plazo establecido.

¿Cómo consultar los embargos de Hacienda?

Para hacer una consulta de embargos de Hacienda, la Agencia Tributaria dispone de dos formas o procedimientos administrativos para informarte que tienes una confiscación por parte de la AEAT.:

  • Diligencia de embargo: medida promulgada por Hacienda cuando agotas los plazos de liquidación de tu deuda.
  • Sentencia judicial: cuando un juez decreta el embargo de tus bienes a consecuencia de una demanda presentada por el acreedor.

Ambas son notificadas por Hacienda por todos los medios que te permiten la recepción e identificación de dicha información.

Sin embargo, si eres tú quien quiere verificar si tienes un embargo de Hacienda, lo puedes de las siguientes maneras:

  • Consulta en la Sede Electrónica de la AEAT: accede con tu certificado digital o Cl@ve PIN, e ingresa en la sección "Mis expedientes".
  • Llamada a la AEAT: puedes llamar al teléfono de atención al contribuyente 91 553 68 01 para solicitar información sobre tu situación.

¿Cuáles son los distintos tipos de embargo?

Existen diversos tipos de embargos por parte de Hacienda en función del contexto en que se lleven a cabo. Por eso, te explico todo lo que necesitas si te harán alguna retención desde la Agencia Tributaria:

  1. Embargo de cuentas bancarias
    • ¿Qué es? Un mandato a las entidades de crédito para retener el importe de la deuda en las cuentas del deudor.
    • ¿Cómo funciona? La entidad retiene el saldo de todas las cuentas del deudor, hasta alcanzar el importe de la deuda.
  2. Embargo de sueldos, salarios y pensiones
    • ¿Qué es? Un descuento periódico en la nómina del deudor para saldar la deuda.
    • ¿Cómo funciona? El porcentaje de descuento varía según la cantidad de la deuda y el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  3. Embargo de créditos
    • ¿Qué es? La retención de pagos que terceros deben realizar al deudor.
    • ¿Cómo funciona? Los terceros deben ingresar el importe de los pagos a la AEAT hasta cubrir la deuda.
  4. Embargo de valores
    • ¿Qué es? La retención de valores (acciones, fondos, etc.) del deudor.
    • ¿Cómo funciona? Los valores no pueden venderse mientras estén embargados.
  5. Embargo de inmuebles, vehículos y otros bienes muebles
    • ¿Qué es? La retención de bienes del deudor para su posterior venta en subasta.
    • ¿Cómo funciona? El deudor no puede vender el bien embargado.

Recurrir el embargo de Hacienda

Como contribuyente, puedes recurrir el embargo de Hacienda (2) a través de un recurso de reposición o mediante una reclamación económico-administrativa al órgano que dictó el embargo, alegando en cualquiera de los casos alguna de las siguientes razones:

  • Extinción de la deuda.
  • Ausencia de la notificación de la diligencia de embargo.
  • Suspensión de la recaudación.
  • Incumplimiento de aspectos generales que regulan la ley de embargos.

El plazo máximo para reclamar un embargo es de un mes, el cual empieza a contar desde el día siguiente al que recibes la notificación de dicho embargo.


Teléfono de Hacienda para embargos

Si quieres obtener asistencia e información sobre deudas y embargos que tengas con Hacienda, lo puedes hacer por medio del Centro de Atención Telefónica de Recaudación en el teléfono 91 553 68 01 o 901 200 350. El horario de atención es de lunes a viernes laborables, de 09:00 a 14:00 horas.


Calculadora para embargo de Hacienda

La Agencia Tributaria ha desarrollado una calculadora de embargos que te facilita conocer, dada una deuda en fase de embargo, cuál es el importe que, conforme a la legislación vigente, puede ser detraído de tu salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, para el pago de la deuda pendiente, así como el período al que se extenderá dicho embargo con la AEAT.

Vídeo: cálculo de embargo de Hacienda


Preguntas frecuentes de los embargos de Hacienda

Cuánto tiempo tarda Hacienda en levantar un embargo

Para que Hacienda haga un levantamiento de un embargo, tienes que haber liquidado previamente la deuda. También tienes que haber afrontado satisfactoriamente los costes derivados del procedimiento de embargo y los intereses de demora. Otra forma de conseguir que Hacienda te levante el embargo es presentar una garantía que avale que puedes saldar la deuda.

¿Se puede fraccionar un embargo de Hacienda?

. Existe la opción de fraccionar un embargo con la Agencia Tributaria. Aunque este mecanismo es ventajoso si no tienes liquidez a corto plazo, conlleva unos intereses de demora que hacen que el desembolso final sea más elevado.

¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda en fase de embargo?

La deuda prescribe a los 5 años desde el inicio del procedimiento de embargo. Si realizas actualizaciones de cobro, el plazo se interrumpe y comienza a contar de nuevo.

Si tengo un embargo de Hacienda, ¿me devuelven la declaración?

Sí, si la cantidad embargada es superior a la deuda pendiente, se te devolverá la diferencia. La devolución se realizará en la cuenta bancaria indicada en la solicitud de devolución.

¿Cuánto tarda un embargo de Hacienda en hacerse efectivo?

El embargo se hace efectivo en el plazo de 10 días desde la notificación al deudor. Recuerda que Hacienda puede embargarte bienes muebles, inmuebles, cuentas bancarias y nóminas.

¿Se puede vender una propiedad embargada por Hacienda?

Sí, Hacienda puede subastar la propiedad embargada para cobrar la deuda. Tú, como deudor, tienes derecho a recuperar la propiedad si pagas la deuda antes de la subasta.

¿Cómo saber si me han embargado la devolución de Hacienda?

Puedes consultar el estado de tu devolución en la página web de la Agencia Tributaria. También puedes recibir una notificación por correo postal si te han embargado la devolución.

¿Hacienda puede embargar una tarjeta prepago?

Sí, Hacienda puede embargar el saldo de una tarjeta prepago. El embargo se realiza mediante una orden de retención a la entidad emisora de la tarjeta.

Fuentes del artículo
  1. Jefatura del Estado. Ley 58/2003, de XVII de Diciembre, General Tributaria. Ley 58/2003, XVIII Dec. 2003, pp. 44987–5065, .https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/17/58
  2. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Agencia Tributaria: Embargos. Consultado en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/deudas-apremios-embargos-subastas/embargos.html
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón