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¿Qué es una permuta de vivienda y qué gastos conlleva?

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Última actualización: 17 de abril de 2024
Isbelt Martín
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La permuta de vivienda es un intercambio de propiedades inmobiliarias entre dos titulares sin transacción dineraria de por medio. Es una opción diferente a comprar o vender una vivienda cuando queremos cambiar de hogar, más económica y con muchas posibilidades.

¿Qué es la permuta de viviendas entre particulares?

Es el intercambio de propiedades inmobiliarias realizado a través de un contrato entre dos particulares. Esta posibilidad de intercambio viene recogida en nuestro Código Civil, concretamente en el artículo 1538.

En este contrato de permuta, los propietarios se intercambian una vivienda por otra sin ningún tipo de compensación económica. Esto es posible dado que para poder permutar una vivienda por otra, han de tener un valor de mercado similar. Si esto no ocurre, sí que tendrá que pagarse la diferencia mediante un pago económico, convirtiendo el contrato de permuta en un contrato mixto de permuta y compraventa.


¿Cómo hacer una permuta de viviendas?

Se puede permutar una vivienda por otra. Cuando el propietario de una vivienda quiere mudarse por razones de trabajo, familia o simplemente se quiere cambiar de casa, puede realizar una búsqueda de viviendas en las que el propietario esté dispuesto a realizar un contrato de permuta.

Para llevar a cabo una permuta de viviendas hay que seguir los siguientes pasos:

  1. Valorar y hacer una tasación de las viviendas y acordar su precio final.
  2. Analizar si las dos viviendas están libres de cargas administrativas o hipotecarias, además de comprobar que el último recibo del IBI en cada caso está pagado.
  3. Elaborar una escritura notarial de permuta de viviendas para la transmisión de la titularidad de las propiedades.
  4. Inscripción de los nuevos propietarios en el Registro de la Propiedad para hacer constar el intercambio a ojos de la ley.

Fiscalidad de la permuta de viviendas

Hay que pagar impuestos y gastos notariales en la permuta de una vivienda. Los gastos notariales y registrales varían según el precio acordado entre las dos partes. Los impuestos que gravan la permuta de las viviendas son:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que varía dependiendo de la Comunidad Autónoma objeto del intercambio. Por ejemplo en la Com. de Madrid el impuesto se corresponderá con el 6%, mientras que el tipo reducido baja hasta el 4%.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
  • Plusvalía Municipal aplicado sobre la subida de valor del terreno urbano.
  • Ganancia o pérdida patrimonial del IRPF del 18%.
  • IVA en caso de que las propiedades sean solares edificables, aplicándose sobre el suelo.
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez