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Impuesto Transmisiones Patrimoniales (ITP) por comunidades: cantidades

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Última actualización: 17 de abril de 2024
Isbelt Martín
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En pocas palabras

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se paga cada vez que se realiza una transmisión de bienes entre particulares. Es decir, es el precio a pagar por la compraventa de una vivienda o vehículo, cuyo porcentaje se aplica sobre el valor real de bien. Se encuentra transferido a las Comunidades Autónomas, y cada una establece su importe, entre un 6% y un 11%.

¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto que tiene que pagar un ciudadano a Hacienda cuando realiza una compraventa de cualquier tipo de bien (vivienda, coche, moto, ampliación del capital, etc.). Se trata de un impuesto que está obligado a pagar la persona que adquiere el bien. Se encuentra regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (1) .

Hay tres tipos de situaciones donde el pago de este impuesto es obligatorio:

  1. Transmisiones patrimoniales onerosas Se trata de la compraventa de un bien entre particulares (como una casa o un coche), y que por tanto no está sujeto al IVA. Debe tributar por el ITP, y lo hará entre un 4% y un 10%, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde te encuentres.
  2. Operaciones societarias Se trata, por ejemplo, de la constitución de una sociedad, un aumento o disminución del capital de la misma, su disolución, etcétera. El ITP en este caso se sitúa en torno al 1%.
  3. Actos jurídicos documentados Se aplica a documentos notariales, de la Administración o mercantiles. Su cuantía oscila entre el 0,5% y el 1,5%.
La información relativa a los impuestos que se publica en esta página es general y puede no ajustarse específicamente a tu situación personal. Ten en cuenta que existen normativas tanto estatales como autonómicas y locales, por lo que se pueden aplicar modificaciones. Nuestro experto de Roams recomienda contactar con la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal antes de realizar cualquier acción.

¿Cuánto es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El porcentaje correspondiente al Impuesto de Transmisiones patrimoniales se establece por comunidades. Por este motivo, el Estado fija unos porcentajes mínimos en función del bien, pero son las Comunidades Autónomas quienes instauran el porcentaje final. Este siempre suele estar por encima del indicado por el Estado, que es:

  • Bienes inmuebles: 6%
  • Bienes muebles 4%
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Normas Autonómicas. Ministerio de Hacienda (2)
Impuesto Transmisiones Patrimoniales (ITP) por CCAA 2023
CCAA Bienes inmuebles
Andalucía 7%
Aragón 8-10%
Asturias 8-10%
Baleares 8-11,5%
Canarias 6.5%
Cantabria 10%
Castilla-La Mancha 9%
Castilla y León 8-10%
Cataluña 10-11%
Comunidad Valenciana 10%
Ceuta 6%
Extremadura 8-11%
Galicia 9%
La Rioja 7%
Comunidad de Madrid 6%
Melilla 6%
Murcia 8%
Navarra 6%
País Vasco Álava 7%
Guipúzcoa 7%
Vizcaya 7%

La anterior tabla es orientativa. Para conocer el dato con exactitud es recomendable revisar al detalle la normativa de cada Comunidad Autónoma o ponerse en contacto con un asesor, ya que existen numerosas excepciones y bonificaciones que se podrían aplicar, y con ello variar los porcentajes recogidos en la tabla.


¿Cuándo y dónde se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se paga en un plazo máximo de 30 días laborables desde que se realiza la firma del contrato de compraventa, independientemente del bien del que se trate.

Aunque es un impuesto estatal, son las Comunidades Autónomas quienes se encargan de tramitarlo. Por ello, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se paga en la oficina de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde se realiza la compraventa. Para ello habrá que utilizar un modelo u otro

  • Modelo 600: con carácter general.
  • Modelo 620 (presencial) o el Modelo 621 (online): en caso de tratarse de una transmisión de determinados medios de transporte usados.
  • Modelo 630: en caso de pagos en metálico del impuesto que grava las letras de cambio.

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

¿A qué viviendas se le aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales se paga en la compra de viviendas, pero solo en aquellas que sean de segunda mano. El porcentaje correspondiente a este bien depende del valor de la vivienda y de la Comunidad Autónoma donde esté situada. No obstante, el porcentaje normalmente varía entre el 6% y el 10%. Para averiguar el dato de tu comunidad puedes consultar la anterior tabla en la columna de bienes inmuebles.

¿Hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de un coche o una moto?

Sí, en compraventas de segunda mano, dado que sería una operación sin IVA. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de un coche o moto varía también según la Comunidad Autónoma, aunque el interés siempre está situado entre el 4% y el 8%. Este porcentaje se aplica sobre el valor real del vehículo, y su pago, además de obligatorio, es necesario para cambiar el nombre del titular del vehículo en la Dirección General de Tráfico.

¿Es deducible el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales no es deducible en la declaración de la renta. Sin embargo, sí que se puede deducir por ejemplo para calcular la ganancia patrimonial cuando se vende una vivienda, y de esta forma se reducirían las ganancias y por ende la tributación ante Hacienda.

Fuentes del artículo
  1. Real Decreto Legislativo 1/1993, de XXIV de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, n.o Real Decreto Legislativo 1/1993, 29545 https://www.boe.es/eli/es/rdlg/1993/09/24/1/con
  2. Ministerio de Hacienda. ITP y AJD. Normas autonómicas. Consultado en https://www.hacienda.gob.es/DocLeyes/onlinelt/c07.03.cd.transmisiones.autonomias_te_23162.htm
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón