¿Cómo salir de la lista de morosos? La forma más evidente para salir de ASNEF es pagando la deuda. Una deuda impagada puede llevarte a aparecer en estos registros, aunque dicha deuda no se haya generado de forma justa y no la reconozcas. La consecuencia es que puedes encontrar dificultades para acceder a financiación o similar, al estar en duda tu solvencia.
Entidad | Importe | Plazo | TAE | Promoción | Aceptan clientes en ASNEF | Contacto |
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Dineo | Desde 50 € hasta 500 € | Hasta 30 días | Desde 0% | Primer préstamo gratis (hasta 300 € ) | Sí | |
MoneyMan | Desde 100 € hasta 1.600 € | Hasta 4 meses | Desde 0% | Primer préstamo gratis (hasta 300 € ) | Sí | |
Prestamer | Desde 50 € hasta 1.000 € | Hasta 4 meses | Desde 0% | Primer préstamo gratis (hasta 350 € ) | Sí | |
Vivus | Desde 50 € hasta 1.400 € | Hasta 30 días | Desde 0% | Primer préstamo gratis (hasta 300 € ) | No | |
Wandoo | Desde 50 € hasta 1000 € | Hasta 35 días | Desde 0% | Primer préstamo gratis (hasta 300 € ) | No | |
Creditea | Desde 500 € hasta 5.000 € | Hasta 3 años | Desde 21,99% | Sin promo | No |
Cuando tienes una deuda, una de las amenazas por parte de quien la reclama es informar de la misma a los ficheros de morosidad, con el objetivo de incluirte en un registro de impagos. Por lo tanto, la primera forma de salir de una lista de morosos es obvia: pagar la deuda.
Una vez saldada la deuda, la empresa que te incluyó en la lista de morosos debería comunicar a ASNEF que la deuda ha sido liquidada. Pero, por si acaso, asegúrate de que tus datos son eliminados del fichero. Contacta con el fichero para saber si estás en ASNEF. En caso de que sea así, puedes solicitar tu baja a ASNEF enviando el formulario pertinente y adjuntando una copia del pago de la deuda.
En definitiva, el proceso para salir de ASNEF si reconoces la deuda es el siguiente:
Sin embargo, pueden darse circunstancias por las que consideres que no debes abonar la deuda, o que no puedas pagarla. En esos casos, la forma de proceder será algo distinta, pero supondrá tener que contactar con ASNEF, tarde o temprano.
No suele ocurrir, pero no es imposible que seas incluido en un listado de morosos por error. Esto puede ocurrir por varios motivos, pero los más habituales son:
Puedes pedirle al acreedor que solicite la corrección, o puedes hacerlo tú directamente. En este caso, deberás contactar con ASNEF para que corrija dicho error. Puedes hacerlo por correo electrónico (sac@equifax.es) o postal (apartado de correos 10.546, Madrid 28080), adjuntando el modelo general de ficheros.
Si tras solicitar la corrección (y esperar el mes que ASNEF tiene de plazo para contestarte), sigues figurando en el fichero por error, el siguiente paso es denunciar tu caso ante la Agencia Española de Protección de Datos. La AEPD abrirá un expediente a ASNEF-Equifax y a tu acreedor.
Además, también puedes acudir a los tribunales en busca de una indemnización por los daños que te ha causado este error. En estos casos, el demandante suele tener las de ganar, pero a cambio de un proceso judicial que tiende a ser largo y penoso.
Si se te reclama una deuda, pero no la reconoces, el proceso a seguir para salir de ASNEF es el mismo a si has sido incluido por error:
No reconocer la deuda no implica que esta no exista, como en los supuestos que se contemplan en una inclusión por error. Puede ser que ya la hayas pagado, o que no sea una deuda por la cuantía que se te reclama.
Si reconoces la deuda por la que has pasado a figurar en el fichero de ASNEF, pero no puedes pagarla, tus posibilidades para borrar tu nombre del mismo son muy escasas.
Puedes tratar de renegociar la deuda con tu acreedor, para que este solicite a ASNEF tu retirada del fichero, pero lo normal es que no te quede más remedio que asumir las consecuencias de figurar en una lista de morosos. Por suerte para ti, hay un plazo de cinco años a partir de la fecha de vencimiento tras el cual tus datos serán automáticamente borrados.
Recuerda comprobar, pasado ese tiempo, si efectivamente has desaparecido de la lista, porque es posible que tu acreedor haya vendido tu deuda a una empresa de recobros, lo que reiniciaría el plazo de cinco años. Y ten presente que tus acreedores no podrán extorsionarte ni amenazarte con difundir que estás en ASNEF entre tus familiares, amigos o en tu trabajo si no pagas tu deuda (puedes denunciarlo ante la AEPD de ser así).
Hay dos posibilidades a la hora de salir de ASNEF por prescripción:
Sin embargo, esperar a que la deuda prescriba no suele ser la mejor de las ideas, porque los acreedores difícilmente dejarán que eso suceda. El mecanismo habitual para mantener la deuda viva pasa por vender el derecho de cobrarla a una empresa de recobros. Eso reiniciará el plazo de prescripción de la deuda, porque tendrá una nueva fecha de vencimiento, lo que a su vez reiniciará el plazo que tiene ASNEF para borrar automáticamente tus datos.
Una vez pagues la deuda que se reclama, la empresa que te ha incluido tiene la obligación de solicitar a ASNEF que te eliminen de la lista el mismo día. Sin embargo, este trámite podría tardar en hacerse efectivo cerca de diez días o incluso un mes en algunos casos.
Si se trata de un error o una deuda no reconocida, el plazo será sin duda más largo, en función de si el acreedor rectifica o si te toca solicitar la corrección a ASNEF. El Reglamento General de Protección de Datos (1) determina que dispone de un mes, prorrogable a dos, para dar una contestación.
Si tienes que denunciar tu situación a la AEPD, o llevar tu caso a los tribunales, es posible que tardes varios meses, quizá años, en salir de ASNEF.
Tus datos personales solo podrán estar disponibles en la base de datos de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) u otras listas de morosos durante un máximo de cinco años, a partir de la fecha de vencimiento de la deuda por la que fuiste incluido en el fichero.
Sin embargo, aunque dejes pasar este tiempo para no pagar lo que debes, debes saber que las empresas traspasan sus deudas a las conocidas empresas de recobro, las cuales utilizan métodos muy incisivos para que el deudor pague, como por ejemplo amenazar con el aumento del importe a reintegrar.
Has de saber que ni el acreedor original ni las empresas de cobro a morosos pueden extorsionarte para que pagues amenazando con difundir que estás en ASNEF. Si eso ocurriera, puedes denunciarlo ante la AEPD.
En el momento en el que una entidad solicita la inserción de tus datos en una lista de morosos, se te debe notificar en un plazo no superior a 30 días. La forma en la que puedes saber si estás en ASNEF es diferente a la de otros ficheros:
En caso de que una entidad añada tus datos a un fichero de morosos, deberás ser notificado de la inclusión. Debes saber cuales son los requisitos por las que una entidad podría incluir a una persona a esta base de datos:
Si no se cumplen estos cuatro requisitos no será posible que te inscriban en ASNEF, y de ser así siempre podrás reclamar tu borrado del fichero por ese motivo.
Causar un impago, sea de la cantidad que sea, puede traer consecuencias que no son nada deseables para ninguna persona. Es por ello que hay que estar al día de todos los pagos y no generar ninguna deuda. Debes saber que el hecho de que se te incluya en una de esas listas de morosos puede conllevar una serie de negativas circunstancias como:
En general, tener deudas y estar en ASNEF por ello te dificultará acceder a cualquier tipo de financiación, y dependiendo de la cuantía de la deuda y con quién haya sido contraída, directamente te podría vetar el acceso a todo producto financiero.
Amenazarte con incluirte en una lista de morosos, como ASNEF, es una táctica habitual de las empresas para forzar el pago de deudas, pero has de saber que no podrán hacerlo si dicha deuda es inferior a 50€ y si esta no ha sido reclamada por vía administrativa o judicial.
El principal motivo para estar en ASNEF es tener una deuda (de más de 50€) impagada. Esta, además, no ha podido ser reclamada administrativa o judicialmente por el acreedor. Cuando se solicite incluir tus datos en el registro se te notificará mediante una carta, en la que se expondrán los motivos.
ASNEF, en el plazo de un mes, te dará una contestación a tu petición (de salida, cancelación, rectificación u oposición). Esta puede ser positiva (ASNEF procede a cancelar, rectificar o eliminar tus datos) o negativa (porque tu acreedor ha confirmado la deuda). En este último caso, ASNEF recomienda dirigirse a la entidad que te reclama la deuda en busca de respuestas.
Los sistemas de información crediticia, como el fichero ASNEF, se encuentran regulados por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (2) , en concreto por su Artículo 20, así como por el Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento General de Protección de Datos).
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Isbelt Martín Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.