Si tienes un préstamo firmado y quieres cancelarlo, has de saber que puedes hacerlo. Hay muchos supuestos en los que esto es posible, pero en definitiva solo hay tres maneras de poder hacerlo. Eso sí, lo más probable es que, sea cual sea el motivo para anular un préstamo y la forma de llevarlo a cabo, tengas que compensar a la entidad con la que lo suscribiste.
Es posible cancelar un préstamo, en determinadas circunstancias. Hay, básicamente, tres motivos que te pueden llevar a querer anular un préstamo ya firmado:
Todas estas razones (y cualquier otra que se te ocurra) te pueden llevar a querer cancelar un préstamo antes de la fecha de vencimiento que aparece en el contrato firmado. En principio, el banco o entidad financiera con el que lo suscribiste no se podría negar, pero lo más seguro es que debas pagar algún tipo de indemnización por ello. A fin de cuentas, le vas a privar de cobrar los intereses.
¿Es rentable cancelar, por el motivo que sea, de forma anticipada un préstamo? Por lo general, sí. Cuanto antes te lo quites de encima, menos intereses pagarás al prestamista, y, por lo general, sigue compensando a pesar de las comisiones. De todos modos, lo mejor es que antes de tomar una decisión, eches cuentas y determines tú mismo si te sale renta o no cancelar antes de tiempo tu préstamo.
Los motivos para querer cancelar un préstamo son muchos y variados, pero se pueden resumir en tres grandes grupos: el préstamo no te interesa, tienes el dinero para devolverlo y quieres juntar en uno solo varios préstamos que tienes firmados.
Pero, independientemente del motivo, las formas de cancelar un contrato son esencialmente tres: el desistimiento de contrato, la amortización anticipada y la reunificación de deudas. Te las explicamos a continuación.
Si has contratado un préstamo, pero dentro de los primeros 14 días naturales desde la firma del contrato determinas que no te interesa (porque, por ejemplo, has encontrado otro con mejores condiciones, o porque ya no lo necesitas), puedes hacer uso del derecho de desistimiento de contrato, un derecho contemplado por la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Préstamo al Consumo (1) .
Para poder acogerte a este derecho, debes comunicarle a la entidad que actúa como prestamista, dentro de los primeros 14 días naturales desde la firma del contrato, tu intención de dejar sin efecto el mismo. No tienes que justificar tus motivos, y no puedes ser penalizado por ello.
Esto quiere decir que esta forma de anular un préstamo está libre de comisiones, pero eso no supone que esté libre de costes. Es decir, no solo tendrás que devolver el importe íntegro del préstamo, sino también los intereses devengados hasta el momento.
Supongamos que solicitaste un préstamo de 10.000€, al 4,5% de interés, a devolver en dos años. Pero, tras firmar, encontraste otro con mejores condiciones. Si te acoges al derecho de desistimiento, deberás devolver los 10.000 euros, pero también la parte proporcional a los intereses. Como la cuota sería de 436,48€, y el primer mes esta incluía el pago de 37,50€ en concepto de intereses, pagarías como máximo unos 17€ por este motivo (cantidad que será menor cuantos menos días de los 14 naturales consumas).
El proceso para cancelar un préstamo por desistimiento de contrato es el siguiente:
Si suscribiste un préstamo, pero pasado un tiempo te encuentras con la capacidad económica suficiente para devolver todo lo que te queda por pagar, puedes cancelarlo mediante una amortización anticipada. Esto es posible también para quitarte de golpe parte del préstamo y reducir o bien el plazo, o bien la cuota.
Para poder realizar una amortización anticipada del préstamo has de tener disponible el dinero para devolver parte o todo lo que queda por pagar. Esto, además, probablemente te suponga el pago de una comisión por amortización anticipada, la cual se encuentra regulada por ley:
Por ejemplo, supongamos que contrataste un préstamo de 30.000 euros, a ocho años, al 7,5% de interés. Pasados tres años, con algo más de 20.700 euros todavía por devolver, has recibido una pequeña inyección económica, y decides amortizar anticipadamente 6.000€. Como todavía quedan cinco años hasta la fecha de vencimiento, deberás pagar una comisión de 60€, pero a cambio solo te restarán por pagar 14.700 euros.
Con una amortización total quedará saldado por completo el préstamo, mientras que con una parcial es posible reducir o bien la cuota o bien el plazo de devolución. Lo más recomendable en este caso es siempre reducir el plazo, porque cuanto menos se tarde en devolver un préstamo, menos dinero se pagará como intereses, pero pagar una cuota menor puede ser de ayuda en caso de estar al límite de la capacidad de endeudamiento (no se recomienda destinar más del 35% de los ingresos al pago de deudas).
Siguiendo con el ejemplo anterior, tras amortizar parcialmente el préstamo tienes dos opciones: reducir la cuota o reducir el periodo de vencimiento. Si optas por lo primero, pagarás durante los cinco años que te restan una cuota de 296,29€; si optas por lo segundo, seguirás pagando los 416,52€ que estabas pagando de cuota, pero solo lo tendrás que hacer durante algo más de tres años. Si no hubieras amortizado parcialmente el préstamo pagarías en total 39.985,44 euros, mientras que esa cantidad se verá reducida a 33.050,84€ (si reduces cuota) o 32.030,79€ (si acortas los plazos).
Para realizar una amortización, total o parcial, de un préstamo has de seguir estos pasos:
Si no tienes uno, sino varios préstamos contratados, es posible que hayas oído hablar de la reunificación de deudas. Se trata de un mecanismo que te permite unir varios préstamos en uno, para disponer de condiciones de devolución más favorables que por separado.
De este modo pasarás de pagar varias cuotas mensuales a solo una. Y como puedes negociar un nuevo plazo de vencimiento, es posible que la nueva cuota sea menor a la suma de todas las anteriores, ya que además podrás acogerte a condiciones más favorables, como un tipo de interés menor.
Para reunificar tus deudas deberás cancelar todos tus préstamos vigentes. Sin embargo, en este caso el proceso es algo diferente:
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Juan Ribón Juan es licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas por la Universidad de Valladolid. Cuenta con más de seis años de experiencia escribiendo en medios online. Apasionado de los temas de actualidad, sus conocimientos y saber hacer dan respuesta a las preocupaciones sobre cuestiones financieras en Roams.