El embargo de los planes de pensiones, por el momento, no es posible. Y es que para que exista esta posibilidad sobre la mesa, habrá que esperar hasta el año 2025. ¡Te lo contamos!
El motivo principal por el que se puede llevar a cabo el embargo de un plan de pensiones es básicamente por la situación de insolvencia del partícipe.
Es decir, la imposibilidad de hacer frente a los pagos que tiene pendientes, ya sea con la Administración o con terceras personas.
El Reglamento de Planes y Pensiones señala que, mientras el dinero permanece invertido en el plan de pensiones, no existe la posibilidad de embargarlo ni someterlo a ningún tipo de traba judicial o administrativa.
Esta circunstancia supone la opción para todas aquellas personas que cuenten con un plan de pensiones, quieran mantenerlo con el fin de generar rentabilidad hasta que llegue el momento de la jubilación. O, en su caso, rescatarlo cuando se den alguna de las siguientes contingencias:
Tal y como recoge la Ley de Enjuiciamiento Civil, es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o equivalente que no supere la cuantía indicada para el salario mínimo interprofesional (SMI). Sin embargo, será embargable en caso de que la pensión exceda el importe del SMI, atendiendo a los siguientes límites:
En caso de que el pensionista tenga cargas familiares, la cuantía que se embargue tendrá que ser menor, aplicando a los porcentajes anterior una rebaja que oscila entre un 10% y 15%.
Actualmente, no existe la posibilidad de que la Administración embargue un plan de pensiones. Pero, eso sí, será a partir del 1 de enero de 2025 cuando Hacienda, de forma legal, pueda llevar a cabo el embargo de un plan de pensiones.
Por tanto, se podrá efectuar a partir de dicha fecha, independientemente de que el partícipe del plan lo rescate o no.
Si llega la fecha, es decir, el 1 de enero de 2025, y el partícipe del plan de pensiones tiene deudas o cuentas pendientes con terceros, los acreedores podrán iniciar el embargo del patrimonio del plan de pensiones.
Para evitar el embargo del plan de pensiones, lo que se puede hacer es lo siguiente:
Antes del embargo del plan de pensiones, la Administración suele embargar la cuenta corriente. También, en función del tipo de deuda, puede embargar la nómina, de la cual irá retirando una determinada cuantía al mes para destinarla a suplir todos los pagos económicos a los que haya que hacer frente.
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