Si tienes una hipoteca con otra persona y te encuentras en la situación de que uno de los dos debe dejar de formar parte de ella, es probable que te preguntes cómo hacerlo. Salir de una hipoteca compartida es posible, pero requiere de una serie de trámites y, sobre todo, de la aprobación del banco.
Dados los exigentes requisitos de los bancos a la hora de conceder hipotecas, cada vez es más normal que estas se firmen entre varias personas. Lo más habitual al hablar de una hipoteca compartida es que se trate de una pareja que decide comprarse una casa para vivir junta bajo el mismo techo, pero en ocasiones la convivencia termina por ser imposible.
Entonces, ¿qué ocurre con la hipoteca en caso de divorcio o separación? Lo primero primero que hay que saber es que al banco no le importa que te hayas divorciado de tu pareja: el pago de la hipoteca sigue siendo responsabilidad de ambos. Para que eso no ocurra, hay que cambiar la titularidad de la hipoteca.
Pero, como es lógico, la parte que abandone el domicilio no tendrá ningún interés en seguir pagando una casa en la que no va a vivir. Ahí entran en juego las diferentes formas de salir de una hipoteca compartida.
También es posible que una vivienda hipotecada cuente con varios titulares a consecuencia de una herencia. Si alguno de los beneficiarios lo desea, sea cual sea su motivación, puede negociar su salida de la hipoteca compartida.
Hay varias maneras de resolver este desagradable embrollo. Se puede vender la casa, saldar la hipoteca con lo obtenido, repartir beneficios (si los hubiera) y que cada uno haga su vida por su cuenta. Otra opción es que uno de los dos se quede con el inmueble, para lo cual habría que negociar con el banco una novación de hipoteca, para sacar a la otra parte del préstamo, e indemnizarla.
Hay básicamente tres formas de salir de una hipoteca compartida: vender la casa, la dación en pago y la novación hipotecaria con extinción de condominio.
Los tres casos suponen o bien la extinción de la hipoteca, o bien su modificación para que uno de los titulares se quede como único responsable de la misma.
Además, esto es solo la parte de la negociación con el banco. La separación o divorcio con una hipoteca a medias entre ambos cónyuges sin duda requerirá de algún tipo de indemnización para la parte que abandona una hipoteca que ha estado pagando religiosamente y que no disfrutará más.
El primer supuesto supone cortar por lo sano: vender la casa y saldar la hipoteca. La idea es realizar una amortización anticipada del crédito hipotecario con el dinero obtenido por la venta del inmueble. Eso sí, el requisito indispensable es que todos los titulares estén de acuerdo y la venta sea consensuada.
De este modo, los titulares de la hipoteca se liberarán de ella, a cambio de quedarse sin la casa. Si la venta fuera por una cantidad mayor que el importe restante de la hipoteca más los gastos de extinción, obtendrían beneficios con los que financiar los gastos derivados de esta operación, en forma de impuestos.
También es posible realizar una subrogación hipotecaria de deudor, vendiendo el piso y negociando con el banco el cambio de titularidad a un tercero, que asumiría la hipoteca en su estado actual, con las mismas condiciones. Recuerda que el banco tiene la última palabra y decide si acepta o no al nuevo deudor.
En estos casos, lo mejor siempre será asesorarte de un experto que te explique todo, desde qué es una subrogación de hipoteca hasta cuáles son las mejores características en un préstamo inmobiliario para que tu economía se vea favorecida.
Se trata, además, de una opción que puede alargarse en el tiempo, lo cual, en determinados casos, puede ser un auténtico inconveniente para los hipotecados. E influyen otros factores, como si la pareja está casada y en qué régimen. Pero todo esto, de cara a la amortización anticipada de la hipoteca, carece de importancia: al banco le interesa seguir cobrando los jugosos intereses.
La dación en pago de la vivienda es otra posibilidad para salir de una hipoteca compartida. Es similar a la venta del inmueble, solo que en este caso se lo queda el banco.
La entidad financiera será más reacia a aceptar esta opción cuanto más dinero falte por devolver, o si siente que los titulares, por mucho que se hayan separado, tienen capacidad para seguir pagando la hipoteca. El interés del banco es económico, y siempre será más rentable para él cobrar una hipoteca que gestionar una vivienda.
Además, esta es una opción muy extrema, y pensada para individuos en riesgo de exclusión, por lo que el banco no estará obligado a aceptarla si no se cumplen una serie de requisitos (en caso de que no se contemple la posibilidad en el contrato hipotecario)
La manera más habitual para salir de una hipoteca compartida es mediante lo que se denomina como novación hipotecaria. Consiste en renegociar con el banco las características de la hipoteca, habitualmente en busca de mejores condiciones, pero también es posible hacerlo para cambiar la titularidad del contrato excluyendo a uno o más de los presentes.
También se puede cambiar la titularidad de un contrato hipotecario mediante una subrogación de deudor, pero esto consiste en poner a nombre de un tercero la hipoteca, manteniendo las mismas condiciones. Nuestro caso exige mantener a un titular quitando al resto del contrato, por lo que esta opción no es válida.
Mediante la novación hipotecaria el préstamo pasará a estar a nombre solo de uno de los titulares. También implica el cambio de titularidad del inmueble a esa persona. La parte que se quede fuera recibirá, como es lógico, una contraprestación por ello. Dicho de una manera muy simplificada, consiste en comprarle su parte al otro titular (o titulares).
Esta opción es la más rentable para los titulares en términos fiscales, aunque eso no hace que sea más sencillo. Supone negociar la novación con el banco, y además efectuar la extinción del condominio para que tanto la hipoteca como la titularidad de la vivienda queden a nombre de una única persona.
Sea cual sea el medio elegido para quitar a uno de los titulares de una hipoteca compartida, habrá una serie de gastos que afrontar. Dependiendo de cómo se haga, serán unos u otros.
Si se vende la vivienda para amortizar la hipoteca, habrá que pagar tres impuestos:
Además, se deberá pagar al banco una comisión por amortización anticipada,
, que dependerá del momento en que se realice y del tipo de hipoteca:En caso de subrogar la hipoteca a la persona que compró la casa, habrá que pagar una serie de gastos. El nuevo propietario se debe encargar de la tasación, mientras que los vendedores asumen la comisión del banco (máximo 2% del importe pendiente de pago, dependiendo de cuándo fuera firmada).
Si en su lugar se negocia una novación hipotecaria para tener un único titular, los costes serán:
Pongamos, por ejemplo, una hipoteca de 100.000 euros a la que quedan por pagar 60.000. Si son dos titulares y uno es retirado del contrato, el que se quede con la hipoteca y la casa deberá abonar al otro la mitad de lo ya pagado al banco, 20.000 euros. De no hacerlo, habría que declararlo como ganancia patrimonial y tributarlo a través del IRPF. A esto habría que sumarle los gastos de la novación, que pueden acender a más de 1.000€.
Si quitar a un titular de una hipoteca compartida no es fácil, hacerlo cuando hay deudas de por medio añade un extra de dificultad a la situación.
En principio, como al banco lo único que le interesa es que pagues, si consigues vender la casa (siempre con el consentimiento del otro titular o titulares) y obtener dinero suficiente con el que amortizar la hipoteca, no debería haber problema.
Pero la novación hipotecaria apunta a ser mucho más complicada en este caso. Como supone que un individuo asuma una hipoteca que hasta entonces pagaban dos, si se han registrado impagos es difícil que el banco acepte la novación al no tener garantías de que quien se quede como titular pueda satisfacer la deuda.
El impago de la hipoteca tras un divorcio tiene consecuencias, porque se trata de una deuda solidaria y, por tanto, compartida por ambos cónyuges. Las consecuencias del impago recaerán sobre ambos, independientemente de su estado civil. Si uno de los dos sí ha estado abonando su parte, le podrá reclamar al otro la deuda más los intereses por vía judicial.
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