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Cláusula suelo Banco Sabadell: vías para reclamar, proceso y plazo

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Última actualización: 7 de febrero de 2024
Juan Ribón
591 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

La cláusula suelo de Banco Sabadell está presente en multitud de contratos de préstamos hipotecarios. Es posible solicitar su devolución, y para hacerlo hay que presentar una reclamación al banco y esperar la resolución. Si es denegada, siempre es posible recurrir a la vía judicial para tratar de recuperar el dinero.

Cómo enviar la reclamación al Banco Sabadell

Para enviar la reclamación de la cláusula suelo al Banco Sabadell se debe presentar al servicio de reclamación de cláusulas suelo. Puedes hacerlo:

  • Enviando una carta a la siguente dirección: Servicio de Atención al Cliente Centro Banco Sabadell, Polígono Can Sant Joan Sena, 12, 08174, Sant Cugat del Vallés
  • Enviar la reclamación por correo electrónico: SAC@bancsabadell.com
  • Acudir presencialmente a una de las oficinas del Banco Sabadell

Cómo reclamar la cláusula suelo al Banco Sabadell

Ya sea de forma presencial o telemática, se debe presentar una reclamación escrita. El Banco Sabadell cuenta con un formulario completo en el que solo es necesario cumplimentar la información requerida.

Tras la presentación de la reclamación junto a la documentación, el banco lo analizará y dará una respuesta. En caso de rechazar la reclamación, está obligado a explicar las razones. La denegación abre la puerta al cliente a reclamar por la vía judicial.

Si la reclamación fuera aceptada se procede a calcular el importe a devolver. El cliente tiene que mostrar o no su conformidad, con el fin de llegar a un acuerdo. Es recomendable que el cliente haga uso de una calculadora de cláusula suelo para valorar si la cantidad que le ofrece el Banco Sabadell se ajusta a lo que debería recibir.


Cuándo eliminó el Banco Sabadell la cláusula suelo

El Banco Sabadell comenzó a eliminar la cláusula suelo de los préstamos hipotecarios con la primera sentencia del Tribunal Supremo (1) al respecto.

En ella se cuestionaba la transparencia de dicha cláusula y su abusividad, aunque no fue hasta 2016, mediante sentencia inapelable del Tribunal de Justicia de la UE (2) , cuando se confirmó la nulidad de la cláusula suelo.

El Real Decreto-ley 1/2017 (3) y la nueva Ley Hipotecaria de 2019 no han hecho más que confirmar la nulidad de las cláusulas suelo, y la obligación de los bancos de devolver de forma retroactiva el dinero cobrado a sus clientes desde el momento de la firma del préstamo hipotecario.


¿El Banco Sabadell devuelve el dinero por la cláusula suelo?

En un primer momento el Banco Sabadell se negaba a la devolución del dinero por la cláusula suelo, ya que afirmaba que sus cláusulas eran transparentes, por lo que los clientes estaban informados desde el primer momento. Sin embargo, en la sentencia europea de 2016 se estableció un listado de las entidades que debían anular la cláusula suelo, entre las que estaban Banco Sabadell.

Desde entonces, aunque dependiendo del caso concreto, el Banco Sabadell tiene la obligación de devolver el importe de la cláusula suelo, ya sea por la vía extrajudicial o por la judicial.


Preguntas frecuentes sobre la cláusula suelo del Banco Sabadell

¿Qué plazo tiene el Banco Sabadell para responder a mi reclamación?

Desde que se presenta la reclamación, el Banco Sabadell tiene un plazo de tres meses para resolverla y dar respuesta al cliente.

¿Cuándo debo presentar una demanda judicial por la cláusula suelo al Banco Sabadell?

La reclamación judicial se realiza únicamente cuando la reclamación realizada al Banco Sabadell por la vía extrajudicial ha sido rechazada.

Fuentes del artículo
  1. C.G.P.J. El Supremo fija doctrina sobre las cláusulas suelo de los préstamos bancarios a consumidores y el control judicial de su posible carácter abusivo. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Noticias_Judiciales/ci.El_Supremo_fija_doctrina_sobre_las_clausulas_suelo_de_los_prestamos_bancarios_a_consumidores_y_el_control_judicial_de_su_posible_caracter_abusivo.formato3
  2. Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Limitación por el juez nacional de los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad de una cláusula abusiva. https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=186483&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=570701
  3. Real Decreto-ley 1/2017, de XX de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, n.o Real Decreto-ley 1/2017, 5379 https://www.boe.es/eli/es/rdl/2017/01/20/1
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Personas que han participado en este post:

Juan RibónRoams
Actualizado por Juan Ribón

Juan es licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas por la Universidad de Valladolid. Cuenta con más de seis años de experiencia escribiendo en medios online. Apasionado de los temas de actualidad, sus conocimientos y saber hacer dan respuesta a las preocupaciones sobre cuestiones financieras en Roams.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez