En la Ley Hipotecaria se recogen las normas y documentos que deben entregar los bancos a los clientes antes de firmar la contratación de la hipoteca. De ahí nace el acta de transparencia de la hipoteca, sirve para proteger a los clientes y asegurarse de que estos reciben toda la información necesaria.
El acta de transparencia es una serie de obligaciones que tienen los bancos para informar debidamente de las condiciones y posibles riesgos de la hipoteca. Posteriormente, antes de proceder a la firma tiene lugar el acta notarial de la hipoteca en la que un notario verifica que el cliente ha comprendido todas las condiciones.
La nueva Ley Hipotecaria recoge en su artículo 14 (Normas de transparencia en la comercialización de préstamos inmobiliarios) (1) la documentación y normas que los bancos están obligados a enviar a sus clientes 10 días antes de la firma de la hipoteca. Los repasamos a continuación.
Estos dos documentos tienen la misión de garantizar que el cliente entienda todas las condiciones antes de su firma:
El banco debe de informar al cliente del tipo de interés de la hipoteca que se aplica y el cálculo aproximado de cuántos intereses se pagarán en la hipoteca.
Y en supuesto de que se trate de una hipoteca variable se debe incluir un documento por separado en el que se especifiquen los distintos posibles escenarios en función de la evolución del euríbor y las posibles cuotas a pagar por el cliente en esos escenarios.
En la Ley Hipotecaria también se especifica que los bancos no pueden obligar a un cliente a contratar productos vinculados para concederle una hipoteca. Sin embargo, sí pueden ofrecer productos adicionales como condición para mejorar las condiciones del préstamo hipotecario (pero es decisión del cliente contratarlos o no).
En el caso de que la hipoteca incluya algún producto vinculado se deben especificar las condiciones del mismo. Estos productos suelen ser un seguro de hogar para hipoteca, planes de pensiones, fondos de inversión, etc.
También se debe especificar los gastos del proceso de contratación de la hipoteca, así como el reparto de estos gastos entre el prestatario y el prestamista. En este apartado el banco tiene que informar de los gastos de la hipoteca, gastos notariales o derivados.
El banco deberá entregar una copia del proyecto de contrato al cliente, este contenido deberá ajustarse al resto de documentos entregados. Debe incluir de forma desglosada la totalidad de los gastos asociados a la firma del contrato.
Isbelt Martín Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.