Cuenta Santander Personas Jurídicas de Banco Santander
Lo mejor y lo peor de la Cuenta Santander Personas Jurídicas de Banco Santander
No pide requisitos para su contratación | |
Puede ser contratada tanto para residentes como para no residentes | |
Primer año sin comisión de mantenimiento | |
Elevada comisión de mantenimiento |
Cuenta para personas jurídicas sin necesidad de cumplir ningún requisito para su apertura, pudiendo incluso ser contratada por no residentes. Se trata de una cuenta cara de mantener, con una elevada comisión de mantenimiento, que incluso se ve incrementada con cada apunte efectuado en la cuenta.
¿Qué incluye la Cuenta Santander Personas Jurídicas de Banco Santander?
Detalles de Cuenta Santander Personas Jurídicas
La Cuenta Santander Personas Jurídicas es una cuenta destinada a personas jurídicas comercializada por la entidad cántabra. No es necesario cumplir ninguna condición para su contratación y tiene una comisión de mantenimiento de 90€ trimestrales.
Comisiones de la Cuenta Santander Personas Jurídicas
Las comisiones asociadas a la Cuenta Santander Personas Jurídicas son las siguientes:
- Comisión de mantenimiento: es gratuita los doce primeros meses, después aplica una comisión trimestral de 90€ (360€/año).
- Comisión de administración: 0,65€/apunte.
Abrir Cuenta Santander Personas Jurídicas
La Cuenta Santander Personas Jurídicas se puede contratar completamente online siguiendo este proceso:
- Abre el proceso online Desde la web oficial del Banco Santander, localiza el proceso de contratación online de la Cuenta Santander Personas Jurídicas. Puedes encontrarla desde la sección Empresas > Cuentas para empresas.
- Prepara todos tus documentos Número de teléfono móvil, DNI, escrituras de constitución, NIF de la compañía y un documento que justifique la actividad, como puede ser el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Completa el proceso Rellena todos los datos que te van solicitando durante el proceso guiado. La información que se aporte debe de ser del administrador único o de uno de los apoderados.
Se trata de una cuenta que puede ser contratada por residentes y no residentes, sean clientes o no previamente del Banco Santander. El único requisito es ser una persona jurídica.
Opiniones sobre la Cuenta Santander Personas Jurídicas
En nuestra opinión, la Cuenta Santander Personas Jurídicas tiene ciertas ventajas y otros aspectos a mejorar. Lo más destacable de esta cuenta es la facilidad de apertura, una solución muy eficiente por ejemplo para no residentes.
Otro aspecto positivo es que está libre de comisiones de mantenimiento el primer año. Y aquí es donde entra el lado negativo, después del primer año se cobra una comisión de 90€ cada trimestre, sin posibilidad de esquivarla cumpliendo requisitos.
Además, la comisión de administración de 65 céntimos por cada apunte que se registre en la cuenta nos parece un punto desfavorable. Se trata de un tipo de comisión que cada vez se ve menos en la banca.