¿Qué son los impuestos proporcionales y cuáles son?
Un impuesto proporcional es todo aquel que aplica un porcentaje de retención fijo, independientemente de la riqueza del contribuyente o de la base imponible del impuesto. El ejemplo más claro es el IVA, en la mayoría de productos se aplicará un 21% de IVA, independientemente del valor del producto o el nivel de rentas del comprador de dicho bien o servicio.

Qué son los impuestos proporcionales
Los impuestos proporcionales son aquellos que aplican un porcentaje fijo sobre los ingresos a gravar, independientemente de la riqueza del contribuyente. Es decir, siempre se aplica el mismo porcentaje o retención. El ejemplo más común es el IVA, una persona sea pobre o rica, pagará un 21% de IVA sobre la compra de por ejemplo un ordenador portátil. A diferencia de un impuesto progresivo, como por ejemplo el IRPF, en el que se aplican retenciones mayores cuanto más alta sea la cantidad de los ingresos del contribuyente (se aplican distintos tramos desde un 19% hasta un máximo de 47%).
Cuáles son los impuestos proporcionales en España
Impuesto del Valor Añadido (IVA)
El Impuesto del Valor Añadido o IVA,
, este grava un porcentaje fijo sobre el valor de los bienes o servicios que se venden. Se pueden aplicar tres porcentajes diferentes en función del tipo de producto pero no en función de la riqueza del contribuyente, es decir, pagarás el mismo porcentaje de IVA por comprarte un Ferrari que por comprarte cualquier otro vehículo convencional.- General (21%): aparatos electrónicos, cine, coches, etc.
- Reducido (10%): actividades culturales, electricidad o medios de transporte.
- Superreducido (4%): bienes de primera necesidad como alimentos esenciales.
Impuesto de Sociedades (IS)
El Impuesto de Sociedades (IS), , aplica un gravamen fijo del 25% sobre los beneficios obtenidos por una compañía. Por lo tanto, se pagará siempre un 25% sobre las ganancias, ya sean de 2.000€ o por ejemplo de 500.000€.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se encuentra regulado en el . Se trata de un impuesto que grava la compraventa de viviendas y vehículos entre particulares (lo paga la parte compradora, en sustitución del IVA), por lo general se aplica un 6% a bienes inmuebles y un 4% a bienes muebles, aunque cada Comunidad Autónoma tiene un margen para modificarlo. No obstante, al igual que en los casos anteriores, se trata de un porcentaje fijo y por tanto no aumenta según la cantidad de la compraventa.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
Por último, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), regulado en el mismo Real Decreto Legislativo 1/1993, grava todos aquellos actos jurídicos (como por ejemplo la formalización de escrituras) que se documentan utilizando alguna de las siguientes formas:
- Documentos notariales
- Documentos mercantiles
- Documentos administrativos
El IAJD aplica un gravamen fijo del 0,5%, aunque se trata de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas y estas tienen cierta libertad para modificarlo dentro de unos márgenes. De igual forma a los casos anteriores, se aplicará siempre el mismo porcentaje en cada CC. AA. indistintamente de la riqueza del contribuyente o de la base imponible del impuesto.