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¿Qué son los impuestos proporcionales y cuáles son?

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Última actualización: 29 de septiembre de 2023
Isbelt Martín
51 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

Un impuesto proporcional es todo aquel que aplica un porcentaje de retención fijo, independientemente de la riqueza del contribuyente o de la base imponible del impuesto. El ejemplo más claro es el IVA, en la mayoría de productos se aplicará un 21% de IVA, independientemente del valor del producto o el nivel de rentas del comprador de dicho bien o servicio.

Personas en miniatura sobre una calculadora que representan los impuestos proporcionales

Qué son los impuestos proporcionales

Los impuestos proporcionales son aquellos que aplican un porcentaje fijo sobre los ingresos a gravar, independientemente de la riqueza del contribuyente. Es decir, siempre se aplica el mismo porcentaje o retención. El ejemplo más común es el IVA, una persona sea pobre o rica, pagará un 21% de IVA sobre la compra de por ejemplo un ordenador portátil. A diferencia de un impuesto progresivo, como por ejemplo el IRPF, en el que se aplican retenciones mayores cuanto más alta sea la cantidad de los ingresos del contribuyente (se aplican distintos tramos desde un 19% hasta un máximo de 47%).


Cuáles son los impuestos proporcionales en España

Impuesto del Valor Añadido (IVA)

El Impuesto del Valor Añadido o IVA, regulado en la Ley 37/1992 (1) , este grava un porcentaje fijo sobre el valor de los bienes o servicios que se venden. Se pueden aplicar tres porcentajes diferentes en función del tipo de producto pero no en función de la riqueza del contribuyente, es decir, pagarás el mismo porcentaje de IVA por comprarte un Ferrari que por comprarte cualquier otro vehículo convencional.

  • General (21%): aparatos electrónicos, cine, coches, etc.
  • Reducido (10%): actividades culturales, electricidad o medios de transporte.
  • Superreducido (4%): bienes de primera necesidad como alimentos esenciales.

Impuesto de Sociedades (IS)

El Impuesto de Sociedades (IS), regulado en la Ley 27/2014 (2) , aplica un gravamen fijo del 25% sobre los beneficios obtenidos por una compañía. Por lo tanto, se pagará siempre un 25% sobre las ganancias, ya sean de 2.000€ o por ejemplo de 500.000€.

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se encuentra regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993 (3) . Se trata de un impuesto que grava la compraventa de viviendas y vehículos entre particulares (lo paga la parte compradora, en sustitución del IVA), por lo general se aplica un 6% a bienes inmuebles y un 4% a bienes muebles, aunque cada Comunidad Autónoma tiene un margen para modificarlo. No obstante, al igual que en los casos anteriores, se trata de un porcentaje fijo y por tanto no aumenta según la cantidad de la compraventa.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

Por último, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), regulado en el mismo Real Decreto Legislativo 1/1993, grava todos aquellos actos jurídicos (como por ejemplo la formalización de escrituras) que se documentan utilizando alguna de las siguientes formas:

  • Documentos notariales
  • Documentos mercantiles
  • Documentos administrativos

El IAJD aplica un gravamen fijo del 0,5%, aunque se trata de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas y estas tienen cierta libertad para modificarlo dentro de unos márgenes. De igual forma a los casos anteriores, se aplicará siempre el mismo porcentaje en cada CC. AA. indistintamente de la riqueza del contribuyente o de la base imponible del impuesto.

Fuentes del artículo

  1. Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, n.o Ley 37/1992, 44247 https://www.boe.es/eli/es/l/1992/12/28/37
  2. Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, n.o Ley 27/2014, 96939 https://www.boe.es/eli/es/l/2014/11/27/27
  3. Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, n.o Real Decreto Legislativo 1/1993, 29545 https://www.boe.es/eli/es/rdlg/1993/09/24/1
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Personas que han participado en este post:

Isbelt MartínRoams
Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez