Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes: qué es y cálculo
El Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes grava el patrimonio neto de las personas que tienen propiedades en España. El máximo es del 3,5%, aunque existe una exención de hasta 700.000€ y las CC. AA. tienen potestad para realizar modificaciones. Los no residentes pueden acogerse a convenios internacionales de doble imposición para no tributar dos veces.

¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes?
El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas (no residentes en este caso) situadas en España. Siendo el patrimonio neto el conjunto de bienes y derechos económicos que posee el titular, pudiéndose deducir aquellas cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como las deudas y obligaciones personales a las que tenga que responder (deudas aplicables a dichos bienes).
A diferencia del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas (IRPF), que grava el patrimonio mundial (con independencia del país donde se encuentren sus bienes) del titular, el Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes grava el patrimonio de estos situado en España. A efectos fiscales, se considera como obligación real, en lugar de obligación personal como sería en con el IRPF.
Tributación y deducciones del Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes
Tal y como estipula el
el impuesto se devengará el 31 de diciembre de cada año y afectará al patrimonio del cual sea titular en dicha fecha. Por otra parte, , establece que el mínimo exento de tributación será de 700.000€, aplicable para los no residentes con obligación real de contribuir.Por otra parte, los no residentes pueden aplicarse exenciones al Impuesto sobre el Patrimonio para evitar los efectos de la doble imposición (existen convenios internacionales con medidas para evitar que una persona tribute por lo mismo en varios países diferentes) y las especialidades contenidas en la normativa, como por ejemplo la relativa a la opción para residentes en otros países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.
Gravamen Impuesto sobre el Patrimonio no residentes | ||
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Base liquidable | Porcentaje antes del 1 de enero 2021 | Porcentaje después del 1 de enero 2021 |
Desde 0€ hasta 167.129,45€ | 0,2% | 0,2% |
Desde 167.129,45€ hasta 334.252,88€ | 0,3% | 0,3% |
Desde 334.252,88€ hasta 668.499,75€ | 0,5% | 0,5% |
Desde 668.499,75€ hasta 1.336.999,51€ | 0,9% | 0,9% |
Desde 1.336.999,51€ hasta 2.673.999,01€ | 1,3% | 1,3% |
Desde 2.673.999,01€ hasta 5.347.998,03€ | 1,7% | 1,7% |
Desde 5.347.998,03 hasta 10.695.996,06€ | 2,1% | 2,1% |
A partir de 10.695.996,06€ | 2,5% | 3,5% |
La exención de los 700.000€ es estatal pero hay que tener en cuenta que las Comunidades Autónomas tienen la potestad de realizar reducciones o exenciones. No obstante, sería factible que una persona no residente tuviera varias propiedades distribuidas en distintas Comunidades Autónomas, en este caso la
.¿Cómo declarar el Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes?
, la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio de los no residentes debe realizarse de forma telemática mediante el modelo 714 de Hacienda. Estarían obligadas aquellas personas cuya cuota tributaria resulte a ingresar, o si dadas las deducciones no estuvieran obligados, el valor de sus bienes y derechos resulte superior a los 2.000.000€.