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IRPF: cuándo, cómo y cuánto se paga

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Última actualización: 26 de marzo de 2024
Isbelt Martín
2.562 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

El IRPF afecta a todas las personas físicas. Es un impuesto que se aplica sobre la Renta obtenida a lo largo del año fiscal (como el sueldo, inversiones, etcétera). Se trata de un impuesto progresivo, por tramos, que aplica porcentajes crecientes en función del importe de las rentas.

Qué es el IRPF

Paquete adicionalDescubre este tema en nuestro episodio de BienGastando

Se llama IRPF al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se encuentra regulado por la Ley homónima (1) . En España, los ingresos que percibe una persona deben ser declarados. En base a esta declaración se establece un porcentaje de IRPF que se aplica sobre las ganancias obtenidas a lo largo del año fiscal. Esa cantidad final a abonar será el impuesto del IRPF para cada persona.

El IRPF se define como un impuesto progresivo, que se paga por tramos en función de las ganancias del contribuyente, y que tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada uno. Lo han de pagar aquellos ciudadanos residentes en España que cumplan con una serie de condiciones determinadas.

Ejemplo de cuánto se paga en IRPF

Imaginemos que una persona ha ingresado 23.000€ en el último año. Según la tabla de tramos del IRPF, los primeros 12.450€ tributan al 19%. Los siguientes hasta 20.200 (7.750€) tributan al 24%. Los 2.800€ restantes (hasta los 23.000€ citados) tributan al 30%. Sin tener en cuenta ningún otro gasto, deducción o cuestión, y como simple ejemplo genérico, el IRPF a pagar por esta persona sería:

  • 12.450*0,19 = 2.365,5€.
  • 7.750*0,24 = 1.860€.
  • 2.800*0,3 = 840€.
  • Total a pagar en el IRPF = 5.065,5€.

Qué tipo de impuesto es el IRPF

Se trata de un tipo de impuesto progresivo. Es decir, no todos los contribuyentes pagarán lo mismo. Los porcentajes aumentarán en función de la Renta, como hemos visto en el ejemplo anterior.

Es, además, un impuesto que se paga por tramos. Es decir, que el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los distintos porcentajes crecientes se aplicarán uno a uno a las rentas que estos gravan.

Incluso personas que han generado la misma renta a lo largo del año podrían no pagar lo mismo de IRPF, ya que es un impuesto que tiene en cuenta determinadas situaciones personales del contribuyente (2) en forma de deducciones, como por ejemplo hijos menores a cargo, familias numerosas, aportaciones a los planes de pensiones, deducciones al alquiler de la vivienda, etc.


Qué rentas grava el IRPF

El IRPF grava distintos rendimientos. Será diferente para trabajadores por cuenta ajena o para aquellos que realicen su actividad por cuenta propia (autónomos).

La renta comprende la totalidad de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales del contribuyente, así como las imputaciones de renta que se establezcan por ley, independientemente de dónde se hayan producido y dónde resida este. La renta comprende:

  • Los rendimientos del trabajo: las contraprestaciones en dinero o en especie que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal del contribuyente. También entran en esta categoría las prestaciones por desempleo o las pensiones.
  • Los rendimientos del capital: aquellos que proceden de bienes inmuebles (como viviendas), no sujetos a las actividades económicas del contribuyente, y los que provengan del capital mobiliario.
  • Los rendimientos de las actividades económicas: aquellos que proceden de un trabajo no remunerado (autónomos).
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Las imputaciones de renta establecidas por ley.

Sin embargo, hay un mínimo de renta que está exenta de tributar, el que se considera que es mínimo e indispensable para cubrir las necesidades vitales del contribuyente, así como toda aquella renta que la LIRPF catalogue expresamente como exenta.


Cómo se paga IRPF

Para pagar el IRPF será necesario realizar la declaración de la Renta. Los autónomos también realizarán las presentaciones del impuesto a través de sus declaraciones trimestrales, que se ajustan finalmente con la propia Declaración, que ellos también deben presentar.


Cuándo se paga el IRPF

La declaración de la Renta se presenta de forma anual. En 2024, el plazo va desde el mes de abril al mes de julio. Este será el mismo para cualquier contribuyente, incluso los trabajadores por cuenta propia.

En 2024 deberás hacer la declaración de la renta del ejercicio de 2023. Las fechas para hacer la declaración de la Renta son las siguientes, en función de cómo vayas a hacerla:

  • 3 de abril de 2024: solicitud del borrador y apertura del plazo para la declaración por Internet.
  • 29 de abril de 2024: solicitud de cita previa para la declaración por teléfono.
  • 7 de mayo de 2024: apertura del plazo para la declaración por vía telefónica.
  • 25 de mayo de 2024: solicitud de cita previa para la declaración presencial.
  • 3 de junio de 2024: apertura del plazo para la declaración presencial.
  • 26 de junio de 2024: finaliza el plazo para la declaración 'online' con ingreso domiciliado.
  • 29 de junio de 2024: último día para solicitar cita previa por teléfono o en persona.
  • 1 de julio de 2024: finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta por cualquier vía.

Sin embargo, como hemos dicho, los autónomos tendrán que realizar sus declaraciones trimestrales. Se presentan durante los meses de enero, abril, julio y octubre.

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del siguiente ejercicio.

Explicación de la declaración de la Renta

Para saber cuánto se paga en la declaración de la Renta será importante tener en cuenta varios datos. Estos serán referidos a los diferentes ingresos o deducciones que se puedan incluir. Así, para el cálculo del IRPF, y comprobar si la declaración saldrá a pagar o devolver, se deberá:

  • Hacer la suma de todos los ingresos brutos.
  • Restar aquellos gastos que sean deducibles.
  • De nuevo, restar las reducciones que correspondan (por ejemplo, por hijo), así como el mínimo por contribuyente.
  • Aplicar el porcentaje del IRPF correspondiente a cada tramo.

Como decíamos, el IRPF se aplica en diferentes porcentajes según ingresos. Desde el ejercicio de 2021 se ha incluido un nuevo tramo que afecta a las rentas por encima de 300.000€. En la siguiente tabla te mostramos el tanto por ciento a aplicar en todos los tramos de IRPF.

Tramos renta 2023-2024

Las novedades de la declaración de la Renta que aplican al ejercicio de 2023 no incluyen grandes novedades al respecto de los tramos.

Cabe recordar que el IRPF está parcialmente transferido a las comunidades autónomas, las cuales tienen derecho a cobrar un 50% de este, por lo que pueden aplicar exenciones y deducciones si lo consideran oportuno. Por ejemplo, el primer tramo de los rendimientos del trabajo (hasta 12.450€) tributará al 9,5% a nivel estatal y a otro 9,5% a nivel autonómico, pero no en todas las comunidades (aunque sí por lo general).

Real Decreto 439/2007. Título VII, Capítulo II, Sección 1, Artículo 85, Cuota de retención (3) .
Tramos Rendimientos del trabajo IRPF 2023
Rentas del trabajo Tipo impositivo
Hasta 12.450€ 19%
Entre 12.450€ y 20.200€ 24%
Entre 20.200€ y 35.200€ 30%
Entre 35.200€ y 60.000€ 37%
Entre 60.000€ y 300.000€ 45%
Más de 300.000€ 47%
Ley 35/2006. Título VI, Capítulo I, Artículo 66, Tipos de gravamen del ahorro (4) y Ley 35/2006. Título VII, Capítulo III, Artículo 76, Tipo de gravamen del ahorro (5)
Tramos Rendimientos del ahorro IRPF 2023
Rentas del capital Tipo impositivo estatal Tipo impositivo autonómico Tipo total
Hasta 6.000€ 9,5% 9,5% 19%
Desde 6.000€ hasta 49.999€ 10,5% 10,5% 21%
Desde 50.000€ hasta 199.999€ 11,5% 11,5% 23%
Más de 200.000€ 13% 13% 26%

Sin embargo, hay que saber cómo funciona el IRPF para que no dé lugar a confusiones. Haciendo alusión al último tramo de los rendimientos del trabajo, si una persona ha obtenido por ejemplo 400.000€ no significa que vaya a pagar un 47% sobre la totalidad (188.000€) sino que se aplicaría por tramos:

  1. El 19% de los primeros 12.450€: 2.365,5€
  2. El 24% de los 7.750€ siguientes (los comprendidos en el tramo entre 12.450 y 20.200 euros): 1.860€
  3. El 30% de los siguientes 15.000€ (los que van de los 20.200 a los 35.200 euros): 4.500€
  4. El 37% de los siguientes 24.800€ (los del tramo entre 35.200 y 60.000 euros): 9.176€
  5. El 45% de los siguientes 240.000€ (los que están entre los 60.000 y los 300.000 euros): 108.000€
  6. El 47% de los últimos 100.000€ (todo lo que está por encima de 300.000€): 47.000€

En total, pagaría 170.536€ en concepto de rendimiento del trabajo en el IRPF, 17.646€ menos que si no se tratase de un impuesto por tramos. Ten en cuenta que esto no deja de ser un ejemplo genérico en el que no se tienen en cuenta posibles deducciones, gastos u otras cuestiones.


Retenciones IRPF 2023

Las retenciones en el IRPF del ejercicio de 2023 son una especie de anticipo que el pagador entrega a la Administración. En ciertos casos, el pagador de una determinada cantidad "retiene" parte del pago, y la ingresa a Hacienda. Estas cantidades son conocidas como retenciones del IRPF y se derivan de multitud de tipos de ingresos, no sólo de una nómina. Por ejemplo:

  • Pensiones (tanto del sistema público como del privado). La cantidad en retención varía según diversos conceptos.
  • Ingresos por cursos, seminarios o conferencias (retención del 15%).
  • Rendimientos por cesión de derechos de imagen (retención del 19%).
  • Premios de juegos, concursos y rifas (19%).
  • Cesiones a terceros de capitales propios (19%).
  • Propiedad intelectual o industrial (19%).
  • Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (19%).

Cuando se trata de trabajadores por cuenta ajena, las retenciones que se aplican en la nómina pueden ser variables. Estos dependerán de distintos factores. Para conocer estas retenciones podrás consultar tu nómina. También puedes utilizar el simulador que ofrece la Agencia Tributaria. En él deberás incluir:

  • Datos personales. Se aportará información referida al tipo de contrato o, incluso, al grado de discapacidad.
  • Datos referentes a los ascendientes y descendientes.
  • Datos económicos.
  • Datos de regularización.

Simulador IRPF

Dentro de la página de la Agencia Tributaria existe un simulador oficial de IRPF (6) . Se puede acceder a él de forma gratuita. Introduciendo los siguientes datos se puede obtener el porcentaje o cantidad exacta que se debe someter a retención, si la operación se realiza de forma legal:

  • Datos personales.
  • Situación laboral.
  • Número de ascendientes o descendientes.
  • Datos económicos personales.
  • Tipo de operación sobre la que se quiere obtener la retención.

Cómo te pueden afectar los cambios en el IRPF

Como es obvio, todos los cambios normativos de IRPF te podrán afectar según tu situación y circunstancias. Estos harán que pagues más o menos en la declaración de la Renta.

Por ejemplo, desde el ejercicio de 2021 se ha habilitado un último tramo (más elevado) para aquellos que declaren ingresos superiores a los 300.000€. Estos pasarán a pagar un 47% de los ingresos que tengan a partir de esa cantidad.

¿Si gano menos de 22.000 euros tengo que pagar IRPF?

Si ganas menos de 22.000€ de un solo pagador no estás obligado a presentar la declaración de la Renta, aunque es recomendable que revises el borrador por si Hacienda te tuviera que devolver. Sin embargo, no quiere decir que no se pague IRPF, ya que son retenciones que se realizan en la nómina (el porcentaje varía según los tramos) y se aplican todos los meses.

No estarás obligado a declarar si obtienes 1.600€ al año o menos únicamente de rendimientos del capital inmobiliario o de ganancias patrimoniales, ni tampoco si tus rendimientos del trabajo proceden de dos o más pagadores, siempre que obtengas menos de 15.000€ al año y menos de 1.500 euros de ellos procedan del segundo y siguientes pagadores.


Preguntas frecuentes sobre el IRPF

¿Las novedades vigentes desde el 1 de enero de 2024 me afectan al hacer la declaración de la Renta?

Todo lo que ha entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2024 afectará únicamente al IRPF del ejercicio correspondiente a ese año, el cual se tiene que declarar en 2025. Para la declaración de la Renta que hay que hacer entre abril y julio de 2024 solo se tiene en cuenta aquello que estuviera en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023.

Si aplico las reducciones previstas, ¿puedo tener rendimientos del trabajo negativos?

Los rendimientos del trabajo no pueden ser en ningún caso negativos, aunque así resultaran si se les aplicaran las reducciones previstas. En ese caso, se entenderá que tus rendimientos del trabajo son de 0€.

¿El IRPF grava toda la renta?

El IRPF grava la renta una vez han sido deducidos los gastos necesarios para generarla. Por ejemplo, para obtener los salarios sin necesarias las cotizaciones a la Seguridad Social, por lo que estas no se gravan.

¿Hay rentas exentas en el IRPF?

No todas las rentas tienen que declararse. Aquellas que están sujetas al pago de otros impuestos o las que, por ley, no deben pagarse (por ejemplo, las que favorezcan a determinados colectivos) están exentas de tributación en el IRPF.

Fuentes del artículo
  1. Ley 35/2006, de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con
  2. Ley 35/2006 (Título V), de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#tv
  3. Real Decreto 439/2007 (Art. 85), de XXX de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, n.o Real Decreto 439/2007, 70 https://www.boe.es/eli/es/rd/2007/03/30/439/con#a85
  4. Ley 35/2006 (Art. 66), de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#a66
  5. Ley 35/2006 (Art. 76), de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, n.o Ley 35/2006, 41734 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#a76
  6. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Cálculo de retenciones 2023 https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R231/index.zul
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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez