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Declaración de la Renta: cómo y cuándo presentarla

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Última actualización: 16 de abril de 2024
Isbelt Martín
68 personas han leído este post en los últimos 12 meses
En pocas palabras

El 3 de abril comienza la campaña de declaración del IRPF 2023 y el plazo se cierra el 1 de julio . La Agencia Tributaria pone a tu disposición varios métodos de presentación: online, teléfono y presencial . Además, te contamos cuáles son las principales novedades para el ejercicio fiscal 2023 y todo lo que debes tener en cuenta.

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Calendario de fechas para presentar la Renta 2023

La campaña para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023 va desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 . Aunque hay algunas excepciones en función del método que utilices para presentarla:

Agencia Tributaria: Fechas de campaña de Renta y Patrimonio (1)
Fechas de la declaración de la Renta 2023
Presentación por internet Presentación por teléfono Presentación presencial
Apertura de plazo de solicitud de cita previa No necesaria 29/04/2024 29/05/2024
Apertura de plazo de presentación 3/04/2024 7/05/2024 3/06/2024
Fin del plazo para pedir cita previa - 28/06/2024 28/06/2024
Fin del plazo para la presentación de la Renta 1/07/2024 1/07/2024 1/07/2024

Para que tengas un visión más clara de los plazos para presentar la declaración de la Renta , hemos preparado la siguiente imagen , para que la guardes y tengas a mano las fechas clave de este año.

Calendario 2024 para la declaración de la Renta 2023 con las fechas para la presentación online, teléfonica y presencial


¿Cómo hacer la declaración de la Renta?

Existen varias formas para que tú mismo hagas la declaración de la Renta 2023: online, en oficina o por teléfono .

Elijas el método que elijas, te recomiendo que lo primero sea obtener el borrador de la declaración de la Renta , para comprobar que los datos que maneja la Agencia Tributaria son correctos.

¿Cómo obtener el borrador de la declaración de la Renta 2023?

Puedes acceder a tu borrador de la Renta en Renta WEB siguiendo estos pasos:

  1. Entra en el portal de la Renta 2023
  2. Accede a "Trámites Destacados"
  3. Pincha en "Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)"
  4. Identifícate

También puedes ver tu declaración de la Renta 2023 en la app de la AEAT . Los pasos son muy similares a los del acceso a través de la web


Presentación por Internet

El plazo para hacer la declaración de la Renta online es entre el 3 de abril y el 1 de julio . Es la manera más rápida y sencilla. Además, si se produce algún error o equivocación, tendrás la posibilidad de rectificar.

Desde Roams te contamos cómo entrar en tu borrador y presentar tu declaración online en el portal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria:

  1. Abre la web de la AEAT y pincha en "Renta Web"
  2. Pulsa en "Servicio de tramitación borrador/declaración
  3. Identifícate, con DNI electrónico (DNIe), el Sistema Cl@ve PIN o con la referencia del borrador
  4. Accede al borrador y repásalo
  5. Valida el borrador
  6. Presenta tu declaración
  7. Firma y envía tu borrador

Si no pudieras completar el tercer paso, por no tener cómo identificarte, puedes pulsar en "No tengo referencia" . Allí tendrás que introducir el DNI y el importe de la casilla 440 de la declaración anterior . Después de esto, te llegará un SMS para continuar el proceso.

Te dejamos un vídeo de la Agencia Tributaria donde te explica, paso a paso, este procedimiento:


Declaración de la Renta presencial

Para hacer la declaración de la Renta presencial, primero deberás pedir cita entre el 29 de mayo y el 28 de junio y te asignarán una fecha para presentar la Declaración entre el 3 de junio y el 1 de julio . Recuerda llevar la documentación: DNI del titular, fotocopia de los DNI de los demás participantes, el número IBAN de la cuenta, referencias catastrales, etc.

Hay varias formas de para pedir cita en Hacienda y presentar la declaración de la Renta. Estos son:

  • Desde la web de la Agencia Tributaria Identifícate con certificado, Cl@ve, Referencia o datos de tu DNI/NIE y luego pincha en "Cita previa de Renta".
  • Desde la app AEAT . Tendrás que identificarte; pinchar en "Cita previa", completar los datos del solicitante; indicar el motivo y seleccionar una fecha en el calendario.
  • Por teléfono:
    • 91 290 13 40 - 901 200 351
    • 91 535 73 26 - 901 121 224
    • 91 553 00 71 - 901 223 344

Si la opción que más te gusta para pedir cita previa es la online, también te dejamos un vídeo explicativo de la AEAT .

La declaración de la Renta presencial se debe hacer en una oficina de la Agencia Tributaria. En la web de la AEAT encontrarás un buscador de oficinas , para que encuentres la más próxima.


Presentación por teléfono

Para hacer la declaración de la Renta por teléfono , básicamente, tienes que pedir cita entre el 29 de abril y el 28 de junio para que te llamen entre el 7 de mayo y el 1 de julio, preparar los datos que te van a pedir y estar atento el día de la cita para coger el teléfono. Este método para hacer la Renta se denomina "Plan Le Llamamos" .

  1. Pide cita
  2. Prepara la documentación
  3. Espera la llamada de la Agencia Tributaria

¿Qué pasa si no contesto a la llamada para hacer la Renta por teléfono?

Si cuando te llamen por parte de la Agencia Tributaria no contestas al teléfono, realizarán llamadas sucesivas para que no pierdas la oportunidad . Si se pasara el día, tendrás que coger cita de nuevo .

Por otra parte, .


Con la ayuda de un gestor

De igual forma, puedes pedir la ayuda de una gestoría para tu declaración de la Renta , quienes se encargarán de solicitar tu borrador, aplicar todas las deducciones posibles y garantizarte la presentación en las fechas establecidas. Si lo quieres, puedes mirar TaxScouts o TaxDown :

  • TaxScouts : asesoría colaboradora social con la Agencia Tributaria. Un experto fiscal analizará tu declaración de la Renta para aplicar todas las deducciones posibles.
  • TaxDown : se trata de una plataforma gratuita colaboradora con la Agencia Tributaria Española. Como ventaja, esta plataforma buscará posibles desgravaciones en función de tu situación.

Deja tu declaración en manos de los expertos de TaxDown


Principales novedades de la declaración de la Renta 2023

En el ejercicio fiscal correspondiente al 2023, la Agencia Tributaria ha introducido algunas nuevas deducciones . Estás son las principales novedades en la declaración de la Renta a presentar en este 2024:

  • Deducciones en la Renta por movilidad sostenible: 15% de la compra de un vehículo eléctrico hasta 20.000 euros y 15% del coste de instalación de un sistema de recarga (máximo 4.000€).
  • Apoyo a autónomos con trabajadores: los trabajadores por cuenta propia con trabajadores a su cargo pueden deducirse el 10% de las contribuciones empresariales a favor de trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000€
  • Renovación energética de viviendas: quienes hayan realizado obras de mejora podrán deducirse el 60% de las cantidades invertidas para mejorar la eficiencia energética en su edificio de uso residencial.
  • Ampliación de la deducción por maternidad: esta decucción vigente desde el 2015 se extiende a aquellas mujeres que en el momento del nacimiento del menor estuvieran en paro o hubieran tenido trabajos temporales por los que hubieran cotizado un mínimo de 30 días.
  • Incentivos para startups: el nuevo modelo de declaración de la Renta para 2023-2024, la Agencia Tributaria ha incluido un apartado para recordar que la Ley de Startup elevó el mínimo exento de 12.000€ a 50.000€ para las acciones o participaciones concedidas a trabajadores de startups.

¿Quiénes tienen que hacer la declaración de la Renta?

Si cumples algunos de los siguientes supuestos, estarás obligado a presentar la declaración de la Renta este 2024 :

  • Has obtenido rendimientos del trabajo por un importe superior a 22.000€ anuales .
  • De acuerdo con la Ley 31/2022 (3) , en caso de tener dos o mas pagadores será obligatorio presentarla si los rendimientos de trabajo del año han superado los 15.000€, siempre y cuando los ingresos recibidos del segundo pagador o posteriores hayan sido superiores a 1.500€ (4) .
  • Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales que estén sometidas a retención o ingreso a cuenta, por un importe superior a los 1.600€ anuales.
  • Obtención de rentas superiores a 1.000€ anuales a través de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro, subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o demás ganancias patrimoniales correspondientes a ayudas públicas.

¿Cómo hacer la declaración de la Renta por primera vez?

Hacer la declaración de la Renta por primera vez no es diferente a hacerla en años sucesivos . Simplemente tendrás que elegir la vía por la que quieres presentar tu Declaración o confirmar el borrador .

Tras presentar la declaración de la Renta por primera vez, la AEAT guardará todos tus datos , por lo que en los siguientes años solo tendrás que confirmar que siguen siendo correctos.


Documentación para presentar la declaración de la Renta

Estos son los datos que deberás tener a mano para presentar tu declaración de la Renta 2023:

  • El DNI del contribuyente y el de las demás personas que están incluidas en la declaración de la Renta (si fuera el caso).
  • El número IBAN de tu cuenta bancaria , es necesario que aparezcas como titular. Una cuenta bancaria es necesaria para pagar o para recibir el dinero si saliera a devolver.
  • La referencia catastral de la vivienda, ya sea que seas el propietario de la misma o estés viviendo de alquiler. En cualquier caso, necesitas tener asignado un domicilio como vivienda habitual .
  • El certificado de retenciones : este documento te lo tiene que dar tu empresa y en él constan los ingresos e impuestos pagados a lo largo del ejercicio fiscal.
  • Documentos adicionales en función de cada caso en particular: facturas que te puedas deducir , ingresos de otros trabajos cobrados que no aparecen en el borrador, diviendos de acciones, compraventas...

Preguntas frecuentes sobre la declaración de la Renta

¿Puedo hacer la declaración fuera de plazo?

Puedes presentar tu declaración de la Renta fuera de plazo. Ahora bien, hacerlo fuera de las fechas marcadas a tal efecto acarreará penalizaciones para el contribuyente .

¿Qué pasa si no presento la declaración de la Renta dentro del plazo?

Si no presentas la declaración de la Renta dentro del plazo, puedes recibir una sanción económica . La cuantía de la sanción dependerá del retraso en la presentación y de la cantidad de dinero que debas pagar. La consecuencia de no hacer la tributación será una multa entre el 5% y el 150%.

¿Puedo acceder a la aplicación de la Renta con mi DNIe mediante NFC si tengo un iPhone?

El acceso con DNIe mediante NFC solo está disponible para dispositivos Android . Las limitaciones impuestas a esta tecnología por Apple impiden que la Administración pueda, por el momento, lo implemente en móviles iPhone.

¿Cuándo se paga la declaración de la Renta?

Si la declaración de la Renta te ha salido a pagar, podrás decidir cómo hacerlo en el momento de presentarla. Puedes pagar al momento, por ejemplo mediante tarjeta de crédito o débito, o domiciliar el cobro . En función del método elegido, pagarás a Hacienda lo que debes más pronto o más adelante. Puedes, incluso, fraccionar en dos plazos el pago de tu declaración , el 60% en el momento de presentarla y el 40% restante, hasta el día 6 de noviembre.

¿Qué modelo es el de la declaración de la Renta?

El modelo para hacer la declaración de la Renta es el modelo 100 , accesible a través del borrador de tu declaración de la Renta, mediante el cuál podrás presentar el Impuesto sobre las Personas Físicas o IRPF .

Fuentes del artículo
  1. Agencia Tributaria: Fechas de campaña de Renta y Patrimonio. (s. f.). Consultado en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/calendario-contribuyente/calendario-contribuyente-2024/recuerde/fechas-campana-renta-patrimonio.html
  2. Agencia Tributaria. ¿Desde qué teléfonos te puede llamar la Agencia Tributaria? https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/Atencion_por_telefono_en_la_Campana_de_la_Renta_2022___desde_que_telefonos_te_puede_llamar_la_Agencia_Tributaria_.html
  3. Ley 31/2022, de XXIII de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año MMXXIII, Ley 31/2022, 180551 (2022). https://www.boe.es/eli/es/l/2022/12/23/31
  4. Ley 35/2006 (Art. 96), de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, Ley 35/2006, 86 (2006). https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#a96
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Personas que han participado en este post:

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Actualizado por Isbelt Martín

Isbelt es graduado en Administración y Dirección de Empresas. Experto en marketing digital, tiene más de 5 años de experiencia acercando las condiciones de los distintos productos financieros a los consumidores. Isbelt se encarga de releer la letra pequeña de los préstamos, hipotecas, cuentas y tarjetas en Roams.

Laura Burón
Editado y revisado por Laura Burón