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¿Cómo declarar los pagos del FOGASA? ¿Cómo tributan?

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Última actualización: 4 de abril de 2024
Juan Ribón
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En pocas palabras

Si has recibido pagos a través de FOGASA, es posible que te preguntes no solo cómo y cuándo se deben declarar, sino incluso si has de hacerlo. La respuesta es que sí, pero el procedimiento dependerá de si el pago es un salario o una indemnización por despido.

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¿Hay que declarar FOGASA a Hacienda?

La respuesta corta a si hay que declarar los cobros recibidos mediante FOGASA en la declaración de la Renta es que sí, pero, en realidad, no siempre hay que declararlos. Dependerá de si la retribución se recibe en concepto de salario o de indemnización.

Solo hay un supuesto por el que no deberás declarar el dinero que recibas de FOGASA a Hacienda, y es si se trata de una indemnización por despido que no supera los 180.000€, como explica el artículo 7a de la LIRPF (1) .

FOGASA son las siglas del Fondo de Garantía Salarial, un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo. Su objetivo es abonar a los trabajadores el importe de sus salarios pendientes de pago cuando el empresario, por insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores, no puede hacerlo.

Está regulado por el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores (2) , así como por el Real Decreto 505/1985 (3) , sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial.


¿Cuándo hay que declarar los pagos del FOGASA?

Las cantidades recibidas a través de FOGASA tributarán en la declaración de la Renta, por lo general en su ejercicio correspondiente. Sin embargo, esto puede variar, dependiendo del caso.

Por ejemplo, si se trata de un pago por un salario de un ejercicio anterior al actual, se deberá presentar mediante una declaración complementaria, antes de que se abra el plazo para hacer la siguiente declaración de la Renta, sin perjuicio para el contribuyente (en forma de intereses de demora o recargos).

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Cómo declarar los ingresos del FOGASA

Para saber cómo hay que declarar los ingresos del FOGASA, lo primero que hay que hacer es identificar si estos provienen de un salario o de una indemnización por despido. Y, además, determinar las características de cada caso concreto.

¿Tienes dudas sobre cómo declarar la indemnización de FOGASA?

Hacer la declaración de la Renta puede ser tremendamente complicado en cuanto te sales de lo más básico. Y a nadie le gusta estar en la situación que supone cobrar el salario a través de FOGASA, pero es algo que puede ocurrir, por lo que tributar bien por ello es más importante que nunca.

Si no tienes claro cómo proceder, puedes contratar a una de las asesorías online colaboradoras sociales con la Agencia Tributaria, como TaxScouts (69,90€) y TaxDown (desde 35/año). Ambas cuentan con expertos fiscales que analizarán las consultas que las lleguen, una a una, para darles el mejor servicio posible.

Declarar salarios pagados por el FOGASA

Si las cantidades percibidas del FOGASA son en concepto de salarios, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, y por tanto estarán sujetas al IRPF, por lo que deberán ser declaradas como tales. Es decir, como si fueran un sueldo normal y corriente.

El problema es que los pagos del FOGASA no suelen recibirse en el ejercicio en el que se deben declarar. Es posible que FOGASA te pague cuando el plazo para hacer la declaración ya ha terminado, o incluso que te pague los de ejercicios anteriores. En ese caso, deberás hacer una declaración complementaria.

Hay que distinguir, en cualquier caso, los dos supuestos posibles:

  • Existe un litigio sobre el derecho a recibir la retribución: el pago se debe declarar como rendimiento del trabajo del ejercicio en el que la resolución judicial sea firme.
  • No existe litigio sobre el derecho a recibir la retribución: el pago se debe declarar como rendimiento del trabajo del ejercicio en el que dicha retribución fue generada.

Tan pronto como recibas el pago deberás hacer la declaración complementaria al ejercicio al que dicho abono corresponda. Por lo general, hacer declaraciones complementarias suele suponer el pago de algún tipo de multa a Hacienda, pero en este caso no será así, dadas las excepcionales circunstancias en las que estos pagos se llevan a cabo.

Declarar indemnizaciones pagadas por el FOGASA

En el caso de que FOGASA te pague una indemnización por despido, la distinción aquí se encontrará en el hecho de si su importe supera o no la cuantía establecida por la Ley 35/2006 , del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la cual se fijó en 180.000€.

  • Si no supera el límite, la indemnización estará exenta de tributar en la declaración de la Renta. Es lo más habitual.
  • Si supera el límite, todo el importe que exceda los 180.000€ tributará como rendimiento del trabajo, y el contribuyente deberá presentar una declaración complementaria del año al que corresponda.

Preguntas frecuentes sobre declarar los pagos de FOGASA

¿Cuál es el plazo para declarar los pagos de FOGASA?

El plazo para declarar aquellos pagos recibidos a través del FOGASA es el periodo especificado para hacer la declaración de la Renta. Si el pago te llegara fuera de plazo, deberás hacer una declaración complementaria a dicho ejercicio, algo que, en situaciones normales acarrearía sanciones o recargos, pero que en este supuesto concreto no se aplican.

¿Cuánto paga FOGASA si una empresa se declara insolvente?

Un trabajador al que su empresa le deba dinero puede reclamar al FOGASA una cantidad máxima. Esta se determina en función del Salario Mínimo Interprofesional, incluidas pagas extra. En concreto, se calcula en función de un salario módulo equivalente al doble del SMI:

  • SMI diario: 36€
  • Doble del SMI diario, con prorrateo de pagas extra: 83,84€
  • Límite de salarios: 10.060,80€
  • Límite de indemnizaciones: 30.601,60€

¿FOGASA cuenta como segundo pagador?

Si recibes un pago del FOGASA, es probable que estés obligado a hacer la declaración de la Renta, ya que este organismo cuenta como un segundo pagador. Recuerda que si has ingresado más de 14.000€ y el segundo pagador (y sucesivos) te han reportado más de 1.500€, estás en la obligación de hacer la declaración de la Renta.

¿Cuánto te quita Hacienda de FOGASA?

Las retenciones de los pagos que recibas del FOGASA en el IRPF dependerán en gran medida de la naturaleza de estos pagos. Por lo general, tributarán como rendimientos del trabajo, y se te retendrá en consecuencia, con una excepción: que sea un pago de una indemnización por despido y su cuantía sea inferior a 180.000€.

Fuentes del artículo
  1. Artículo 7 de la Ley 35/2006, de XXVIII de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, n.o Ley 35/2006, 41 https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con#a7
  2. Artículo 33 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de XXIII de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, n.o Real Decreto Legislativo 2/2015, 30 https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/23/2/con#a33
  3. Real Decreto 505/1985, de VI de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial, n.o Real Decreto 505/1985, 10203 https://www.boe.es/eli/es/rd/1985/03/06/505
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Juan RibónRoams
Actualizado por Juan Ribón

Juan es licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas por la Universidad de Valladolid. Cuenta con más de seis años de experiencia escribiendo en medios online. Apasionado de los temas de actualidad, sus conocimientos y saber hacer dan respuesta a las preocupaciones sobre cuestiones financieras en Roams.

Nadia Pérez
Editado y revisado por Nadia Pérez