¿Qué pasa si no hago la declaración de la renta? La Agencia Tributaria te sanciona con multas económicas que van desde el 5% hasta el 150% en los casos en los que hubiera obligación de declarar. Si tienes la obligación de presentar la declaración y no lo has hecho, puedes presentarla fuera de plazo. Y recuerda: a menor demora, menor será la multa.
Hacer la declaración de la renta es obligatorio para las personas con más de 22.000€ de ingresos anuales, percibidos de un sólo pagador. También habrá que declarar si se llegan a ciertos límites al tener dos pagadores o si se reciben hasta 1.600€ por rendimientos de capital mobiliario, entre otros casos.
Solo podría haber consecuencias negativas (en forma de multas de Hacienda) en los casos en los que una persona esté obligada a presentar la declaración y no lo haga.
Si tienes que hacerla y no la presentas en las fechas para hacer la declaración de la renta (la del ejercicio de 2022 se debe presentar entre el 11 de abril y el 30 de junio de 2023), podrás hacerlo en los cuatro años siguientes (hasta el 30 de junio de 2027).
Si Hacienda durante ese periodo de tiempo detecta que falta tu declaración, te aplicará sanciones, las cuales serán más o menos duras en función de si contestas o no a los requerimientos de Hacienda (y, además, hará que este hecho no prescriba). Si, por el contrario, transcurren los cuatro años y Hacienda no ha enviado requerimientos ni ningún tipo de notificación, la obligación de hacer la declaración habrá prescrito y no recibirás sanción por ello.
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Se puede presentar la declaración de años anteriores. La Agencia Tributaria, con el fin de que cumplas tu obligación más tarde o más temprano, permite presentar la declaración fuera del plazo establecido. Si se está fuera de plazo hay que hacer la declaración vía online, de la misma manera que si estuviera dentro del tiempo.
Aunque Hacienda permita presentar la declaración, no quedas impune por la demora, ya que presentar una declaración complementaria fuera de plazo conlleva multas y sanciones, de menor o mayor cantidad, dependiendo de factores como:
Es posible recibir una multa de hacienda por no hacer la declaración en aquellas situaciones en las que tengas la obligación de presentarla, al cumplir ciertos requisitos en cuanto a ingresos (principalmente, ganar más de 22.000€ anuales, aunque hay excepciones). No hacerla en ese caso tiene consecuencias económicas. Pueden darse varias situaciones a la hora de no presentar la declaración, y dependiendo de ellas, será mayor o menor.
La principal diferencia de recargo deriva de si el resultado de la declaración es negativo (a devolver) o positivo (a pagar). Si el resultado es positivo, tienes una deuda con Hacienda y debes abonar la cantidad correspondiente. También influye si presentas la declaración voluntariamente (antes de que Hacienda detecte su falta y te la reclame), o si recibes una de las temidas notificaciones de Hacienda.
Veamos cómo quedarían las sanciones en cada caso, según se recoge en el
.Recargo por realizar la declaración a pagar fuera de plazo sin requerimiento | |
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Demora | Recargo sobre la cantidad a ingresar |
Hasta 12 meses | 1% por cada mes |
A partir de 1 año | 15% más intereses de demora |
Recargo por realizar la declaración a pagar fuera de plazo con requerimiento | |
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Importe liquidación | Recargo |
Del total a pagar con base inferior a 3.000€ o superior sin ocultación | 50% |
Del total a pagar si hubo ocultación | Entre 50% y 100% |
Del total a pagar si hubo medios fraudulentos | Entre 100% y 150% |
Recargo por realizar la declaración a devolver fuera de plazo | |
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Forma de presentación | Sanción |
Voluntaria | 100€ |
Previo requerimiento | 200€ |
Si te has equivocado a la hora de realizar la declaración de la renta en perjuicio de Hacienda, tendrás que realizar una declaración complementaria para rectificar el error y abonar la diferencia de dinero a pagar. Además, se aplicaría la sanción correspondiente, en función de si Hacienda te reclama o no la corrección.
En caso de que la hayas hecho mal en tu contra, podrás modificar la declaración de la renta, marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación. En este caso no tendrías que asumir ninguna sanción.
Si tenías que hacer la declaración de la renta, te sale a pagar y la has presentado fuera de plazo previo requerimiento de Hacienda, te enfrentarás a una multa. Se contemplan varios
en la LGT: un 30% si muestras tu conformidad con la sanción (es decir, si la acatas y reconoces tu culpa), y, una vez aplicada esa reducción, puedes aplicarle otra del 40% si no la recurres y la pagas en el plazo previsto por el (hasta el día 20 del mes siguiente si se recibe entre los días 1 y 15 del presente, o hasta el día 5 del segundo mes posterior si se recibe entre el 16 y el último del presente).Si no tienes la obligación de hacer la declaración de la renta (porque tus ingresos no alcanzan el mínimo exigido), no te pasará nada si no la presentas, independientemente de que consultes el borrador y este te muestre que te sale a pagar o a devolver. Tampoco se tendrá en cuenta de cara a futuro.
La Agencia Tributaria dispondrá de cuatro años desde que cierre el plazo de presentación de la declaración de la renta para reclamársela a aquellos que tuvieran obligación de presentarla y no lo hubieran hecho. Si pasado ese plazo de cuatro años no has recibido ninguna notificación de Hacienda, probablemente te haya pasado por alto y el plazo para reclamártelo habrá expirado; si por el contrario has recibido un requerimiento de la Agencia Tributaria, el plazo para que expire se suspenderá inmediatamente, y pasarás a haber contraído una deuda con Hacienda.
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